Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Publicidad SECOP – entidades exceptuadas – modificación del artículo 53 de la Ley 2195 de 2022

P20240425004322 · 25 de abril de 2024

EpígrafePublicidad SECOP – entidades exceptuadas – modificación del artículo 53 de la Ley 2195 de 2022
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance del deber de publicidad en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP II– que recae sobre las entidades estatales exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, tras la modificación introducida por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022. Fija la posición de que estas entidades deben publicar todos los documentos relacionados con su actividad contractual en el SECOP II o la plataforma transaccional que haga sus veces, sin que puedan emplear sus propios portales electrónicos o medios físicos para cumplir este deber. La obligación se extiende a todos los documentos generados en las etapas precontractual, contractual y postcontractual, sin excepción por la naturaleza u objeto del contrato, pero se limita a la contratación realizada con recursos públicos. Se fundamenta en el principio de máxima publicidad, la Constitución Política, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 1081 de 2015, y excluye la aplicación retroactiva a contratos suscritos antes del 18 de julio de 2022.

Problema jurídico

Alcance del deber de publicidad en el SECOP II para entidades con regímenes contractuales exceptuados del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública

Fragmentos citables
La referida disposición les asigna la obligación a las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública de publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP II- o la plataforma transaccional que haga sus veces.
Establece el núcleo de la obligación impuesta por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022, precisando el sujeto obligado y el mecanismo para cumplirla.
En ese sentido, la locución “la plataforma que haga sus veces” no puede interpretarse como una autorización para que las entidades obligadas en virtud del artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 empleen sus páginas web o sus propios portales electrónicos para cumplir con el deber de publicidad que les asiste. Con esto se logra que la ciudadanía pueda encontrar en un mismo sistema la gestión de la actividad contractual del Estado, garantizándose en mayor grado la transparencia y el acceso a la documentación pública.
Delimita el alcance de la obligación, prohibiendo alternativas a la plataforma oficial y destacando su propósito de centralización y transparencia.
Para los efectos de este artículo, se entiende por actividad contractual los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, contratante, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual y la postcontractual.
Define el alcance material de la obligación, incluyendo todas las etapas y actores involucrados en el proceso contractual.
MateriasEntidades Exceptuadas · Ley 2195 De 2022 · Publicidad Secop Ii · Secop Ii · Publicidad de la información contractual · Transparencia · Contratación estatal · Compra pública electrónica · Deber de publicidad · Modificacion del articulo 53 de la Ley 2195 de 2022 · Reserva de la informacion publica
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/07/C-083-1.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-083 de 2024
NúmeroP20240425004322
Fecha del documento25 de abril de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 1fe67c58cd67….

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