Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concepto sobre obligatoriedad de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) para consorcios y uniones temporales

2202013000001918 · 16 de marzo de 2020

EpígrafeConcepto sobre obligatoriedad de inscripción en el Registro Único de Proponentes (RUP) para consorcios y uniones temporales
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance y obligatoriedad del Registro Único de Proponentes (RUP) en los procesos de contratación estatal, precisando su naturaleza como instrumento que consolida la capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional de los proponentes. Fija la posición de que el RUP es plena prueba de la información allí contenida y establece una tarifa legal para acreditar los requisitos habilitantes, salvo en los casos exceptuados por la ley. Además, señala que la obligación de inscripción se extiende a todos los integrantes de proponentes plurales (consorcios o uniones temporales) en procesos no exceptuados, sin excepción alguna, pues cada miembro debe estar inscrito individualmente para validar su experiencia. También delimita los supuestos en los que las entidades estatales pueden verificar requisitos adicionales fuera del RUP, cuando el objeto contractual lo requiera. El concepto se fundamenta en la Ley 1150 de 2007 y en la jurisprudencia del Consejo de Estado, y excluye de la obligatoriedad del RUP ciertos procedimientos como la contratación directa, mínima cuantía o contratos de concesión.

Problema jurídico

Determinar si un consorcio o unión temporal puede acreditar experiencia con la de uno de sus integrantes no inscritos en el RUP o si es necesario que todos estén inscritos en este registro

Fragmentos citables
El Registro Único de Proponentes, como instrumento en el que consta la información relacionada con las personas naturales y jurídicas, con el fin de que puedan participar en los procedimientos de contratación realizados por las entidades estatales, tiene por objeto contemplar en un único documento lo relativo a la capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional de los posibles proponentes.
Define el objeto y alcance del RUP como documento central para acreditar las condiciones de los proponentes en contratación estatal.
De esta forma, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes deberán ser verificadas exclusivamente a través del Registro Único de Proponentes, pues de acuerdo con lo expuesto, este documento es plena prueba de la información financiera, de experiencia y de capacidad acreditada por la persona natural o jurídica; y así también lo confirmó el Consejo de Estado.
Establece el carácter de plena prueba del RUP y su exclusividad como medio para verificar requisitos habilitantes.
El artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 señala que el RUP «es plena prueba de las circunstancias que en ella se hagan constar y que hayan sido verificadas por las Cámaras de Comercio». De la redacción de la norma, se tiene que el legislador estableció una regla probatoria en lo que se refiere a las condiciones de los proponentes, contenidas en el registro, y asignó la competencia a las Cámaras para verificarlas.
Fundamenta la regla probatoria del RUP y la competencia de las Cámaras de Comercio en su verificación.
MateriasCapacidad Jurídica · Consorcios Y Uniones Temporales · Registro Único De Proponentes · Experiencia de proponentes · Tarifa legal probatoria · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597048965380-C-098-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-098 de 2020
Número2202013000001918
Fecha del documento16 de marzo de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: eb176d05912c….

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