Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Factores de desempate en contratación pública: vinculación de personas mayores
P20250205001041 · 13 de marzo de 2025Contratación estataldecreto 1082 de 2015decreto 1860 de 2021factores de desempateley 2069 de 2020personas mayorescontratación estatalley de emprendimientoalcancecaracterísiticasdocumentaciónlímitesreglamentaciónvigenciaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Factores de desempate en contratación pública: vinculación de personas mayores |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y los soportes documentales requeridos para acreditar el factor de desempate a favor de personas mayores en procesos de contratación estatal, previsto en el numeral 4 del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 y reglamentado por el Decreto 1860 de 2021. Fija la posición de que este criterio aplica a personas mayores de 60 años que no sean beneficiarias de pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia, vinculadas laboralmente con antigüedad mínima de un año (o desde la constitución de la entidad, si esta tiene menos de un año), y cuya proporción se calcula respecto al total de la planta de personal del oferente. Establece que la acreditación debe realizarse mediante tres documentos: i) certificado bajo gravedad de juramento del representante legal o revisor fiscal que liste a los trabajadores vinculados y su condición de no beneficiarios de pensión, ii) certificado individual bajo juramento de cada trabajador que acredite no ser beneficiario de pensión y cumpla la edad requerida, y iii) copia del documento de identidad del trabajador firmante. Además, precisa que la vinculación debe ser laboral (excluyendo contratos de prestación de servicios) y que el factor de desempate se define por la mayor proporción de tales trabajadores en relación con la planta de personal, no por su cantidad absoluta. La entidad aclara que no puede resolver casos concretos, pero orienta sobre la interpretación general de las normas aplicables, enmarcada en el principio de selección objetiva y en armonía con los tratados internacionales suscritos por Colombia. |
| Problema jurídico | ¿Qué soportes deben presentarse para acreditar la vinculación de personas mayores como factor de desempate entre dos o más ofertas en el marco del numeral 4 del artículo 2.2.1.2.4.2.17 del Decreto 1082 de 2015? |
| Fragmentos citables | El numeral 4 del artículo 2.2.1.2.4.2.17 del Decreto 1082 de 2015 establece que se deberá preferir la propuesta del oferente que acredite la vinculación en mayor proporción de personas mayores que no sean beneficiarias de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la ley, para lo cual deberán presentar los siguientes documentos: i) un certificado mediante el cual, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, acredite bajo gravedad de juramento las personas vinculadas a la nómina y el número de trabajadores que no son beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia, ii) un certificado mediante el cual, cada uno de los trabajadores sujetos a la condición prevista en el numeral, acredite bajo gravedad de juramento que no es beneficiario de pensión de vejez, familiar o sobrevivencia, y que cumple la edad de pensión; y iii) además, el documento de identificación del trabajador que lo firma. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Decreto 1860 De 2021 · Factores De Desempate · Ley 2069 De 2020 · Personas mayores · Contratación estatal · Ley De Emprendimiento · Alcance · Caracterísiticas · Documentación · Límites · Reglamentación · Vigencia |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-135.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2d06611e8b6e….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.