Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

¿Cómo debe estructurarse el presupuesto oficial del proceso de contratación?

P20250210001209 · 18 de marzo de 2025

Epígrafe¿Cómo debe estructurarse el presupuesto oficial del proceso de contratación?
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la estructura del presupuesto oficial del proceso de contratación estatal, precisando el alcance de los estudios previos y de mercado como herramientas esenciales de planeación contractual. Fija la posición de que las entidades estatales deben realizar un análisis integral previo a la contratación, que incluya la determinación del valor estimado del contrato y su justificación, sustentado en estudios técnicos, económicos y jurídicos, sin imponer un procedimiento específico para su elaboración. Señala que, aunque la normativa exige este análisis, las entidades gozan de autonomía para definir los mecanismos —como el uso de estructuras de costos aprobadas o precios históricos— siempre que se garantice la adecuada estimación del presupuesto, basada en precios de mercado reales y en el análisis de riesgos. Además, destaca que la Guía de Elaboración del Estudio del Sector es un instrumento orientador, pero no vinculante, y que los estudios previos deben servir de sustento para los actos administrativos posteriores, como la apertura de procesos o la adjudicación. Finalmente, advierte que estos estudios son obligatorios antes de la celebración del contrato, pero no condicionan su ejecución posterior, la cual debe ajustarse a lo pactado.

Problema jurídico

Determinar los criterios y procedimientos para estructurar el presupuesto oficial de un proceso de contratación estatal, considerando la autonomía de las entidades y los requisitos normativos aplicables.

Fragmentos citables
La planeación contractual es una herramienta de gerencia pública, que exige estructurar el proceso contractual dedicando tiempo y esfuerzos para elaborar estudios previos, con el fin de determinar la necesidad que pretende satisfacer la Entidad Estatal y cuál es la mejor manera de hacerlo, consultado el tipo de bienes y servicios que ofrece el mercado y sus características, especificaciones, precios, costos, riesgos, garantías, disponibilidad, oferentes, etc. Lo anterior con la finalidad de realizar la escogencia diligente de la mejor oferta, para beneficiar los intereses y fines públicos inmersos en la contratación de las Entidades Estatales.
Establece el fundamento conceptual de la planeación contractual como requisito previo a la contratación estatal, destacando su carácter técnico y orientado a la eficiencia.
Los numerales 2 y 4 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 exigen que en los estudios previos se determine el objeto a contratar con sus especificaciones, y se señale el valor estimado del contrato y la justificación del mismo. En concordancia, el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 establece el deber de las entidades de realizar, durante la etapa de planeación, el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de Riesgo.
Define los requisitos normativos mínimos que deben contener los estudios previos, incluyendo la determinación del valor estimado del contrato y el análisis sectorial obligatorio.
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente dispone de la “Guía de Elaboración del Estudio del Sector”, instrumento que sirve de apoyo para entender el mercado del bien, obra o servicio que la entidad estatal pretende adquirir y diseñar el proceso de contratación con la información necesaria para alcanzar los objetivos de eficacia, eficiencia, economía, promoción de la competencia y manejo del riesgo. En esta Guía se indica que, como parte de la estructura del estudio del sector, se debe realizar un análisis del comportamiento del gasto histórico, el estudio de la oferta y el estudio del mercado.
Explica el rol de la Guía como herramienta orientadora para la elaboración de estudios de mercado, destacando su carácter no vinculante y su enfoque en el análisis integral del sector.
Sin embargo, se precisa que los mecanismos señalados para realizar el estudio del mercado no están determinados por la ley o el reglamento, por lo que no existen lineamientos obligatorios para su estructuración. De esta manera, las entidades son autónomas para establecer la forma en la cual se recopilará la información que sustente el estudio de mercado, y la decisión de utilizar estructuras de costos aprobadas para cada proceso de contratación en cada periodo o de emplear los precios históricos basados en los valores contratados en cada vigencia para estimar el valor del contrato, dependerá del análisis de planeación que realice la entidad en esta etapa.
Establece la autonomía de las entidades para definir los mecanismos de estudio de mercado, siempre que cumplan con los requisitos normativos y se garantice la estimación adecuada del presupuesto.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Estudios De Mercado · Estudios Previos · Guía de elaboración de estudios del sector · Planeación contractual · Presupuesto oficial · Contratación estatal · Colombia Compra Eficiente · Finalidad · Ley 80 de 1993 · Noción · Obligación de las entidades · Recomendaciones
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-154.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-154 de 2025
NúmeroP20250210001209
Fecha del documento18 de marzo de 2025
Fecha de publicación21 de marzo de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 3b0a929da31f….

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