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Ley de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020): aplicación directa, mínima cuantía y factores de desempate
P20210309001953 · 23 de abril de 2021Contratación estataldecreto 1082 de 2015factores de desempateley 2069 de 2020mipymesmínima cuantíacontratación estatalintervención del reglamentoley de emprendimientoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de Emprendimiento (Ley 2069 de 2020): aplicación directa, mínima cuantía y factores de desempate |
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| Resumen | Este documento conceptúa sobre la vigencia, aplicación directa y efectos de la Ley 2069 de 2020 (Ley de Emprendimiento) en el sistema de compras públicas, con énfasis en la modalidad de mínima cuantía y los factores de desempate. Fija la posición de que la Ley rige desde su promulgación (31 de diciembre de 2020) y que su aplicación no siempre depende de reglamentación previa, pues algunos artículos contienen elementos mínimos vinculantes para las entidades. Así, el artículo 30, que regula la mínima cuantía, tiene eficacia directa en aspectos como plazos de publicación, recepción de ofertas, factores de evaluación y perfeccionamiento contractual, sin condicionarse a un reglamento. En contraste, los artículos 31, 32, 34 y 36 exigen desarrollo reglamentario para su efectividad, pues delegan en normas inferiores la definición de criterios diferenciales, convocatorias limitadas y promoción de compras tecnológicas. Respecto a los factores de desempate, el documento precisa que el numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015 quedó derogado por el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, al establecerse nuevos criterios de desempate aplicables a todos los procesos de contratación estatal, independientemente de la modalidad. Se destaca que, mientras no se reglamente el artículo 35, las entidades deben aplicar los medios probatorios que consideren idóneos para acreditar las circunstancias que habilitan los factores de desempate. |
| Problema jurídico | Determinar la vigencia del procedimiento de mínima cuantía y los criterios de desempate tras la expedición de la Ley 2069 de 2020, especialmente en relación con el Decreto 1082 de 2015 y los factores de desempate previstos en su numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2. |
| Fragmentos citables | «La presente Ley rige a partir del momento de su promulgación […]», lo que significa que es obligatoria para sus destinatarios desde esa fecha. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de que el gobierno nacional, en ejercicio de la potestad reglamentaria que le confiere el artículo 189, numeral 11, de la Constitución Política, expida el decreto correspondiente que permita la cumplida ejecución de dicha Ley. En relación con las mipymes y mínima cuantía, dado que el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 regula aspectos como i) el término mínimo para publicar la invitación, ii) el plazo mínimo de recepción de las ofertas, iii) el factor de evaluación que define la selección del proponente y iv) el perfeccionamiento del contrato, las entidades deben estructurar sus procedimientos de selección de acuerdo con estos parámetros, los cuales tienen una aplicación inmediata sin que el reglamento condicione la vigencia de la mínima cuantía. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Factores De Desempate · Ley 2069 De 2020 · Mipymes · Mínima Cuantía · Contratación estatal · Intervención Del Reglamento · Ley De Emprendimiento |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1651780239748-1646666851732-C-166.docx |
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