Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concurrencia de modalidades de selección – Mínima cuantía – Concurso de méritos – Cuantía del proceso - Prevalencia

P20250220001668 · 25 de marzo de 2025

EpígrafeConcurrencia de modalidades de selección – Mínima cuantía – Concurso de méritos – Cuantía del proceso - Prevalencia
Resumen

Este documento conceptúa sobre la concurrencia entre las modalidades de selección de mínima cuantía y concurso de méritos para la contratación de consultores o interventores en el marco del Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública (EGCAP). La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– fija la posición de que, aunque el concurso de méritos es la modalidad idónea para seleccionar consultores por permitir una evaluación integral de aspectos técnicos y no solo del precio, cuando el valor de la contratación no supere el 10% de la menor cuantía de la entidad, prevalece la modalidad de mínima cuantía. Esto se fundamenta en que esta última es un procedimiento especial aplicable a cualquier objeto contractual, conforme al artículo 30 de la Ley 2069 de 2020, y en la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional que prioriza el principio de economía en estos casos. La decisión excluye la evaluación técnica en la selección, limitándose al menor precio, siempre que se cumplan las condiciones de la invitación.

Problema jurídico

¿Es legal contratar consultores o interventores mediante un proceso de selección de mínima cuantía?

Fragmentos citables
En principio, el concurso de méritos es la modalidad adecuada para la selección de consultores, dado que permite una evaluación integral que incluye aspectos técnicos y no solo el precio. Sin embargo, si el valor de la contratación no supera el 10% de la menor cuantía establecida por la entidad, el proceso de selección deberá llevarse a cabo bajo la modalidad de mínima cuantía, conforme al artículo 2, numeral 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020. En este caso, el criterio de selección será el menor precio, siempre que se cumplan las condiciones especificadas en la invitación, lo que refleja la prevalencia de la eficiencia y la simplificación en procesos de menor cuantía.
Establece la regla central que resuelve la concurrencia entre ambas modalidades, precisando el criterio de selección y la base normativa aplicable.
Dado que la selección de mínima cuantía es especial para cualquier objeto contractual, de conformidad con el inciso primero del artículo 30 de la Ley 2069 de 2020, en caso de concurrencia entre el concurso de méritos y la mínima cuantía, la modalidad de selección aplicable será la de mínima cuantía.
Transcribe la regla específica del Manual de la modalidad de mínima cuantía que consolida la posición de la Agencia sobre la prevalencia de esta modalidad.
MateriasMínima Cuantía · Concurso de meritos · Prevalencia de la mínima cuantía · Contratación estatal · Concurrencia De Modalidades De Selección · Cuantía Del Proceso · Prevalencia
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-215-4.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-215 de 2025
NúmeroP20250220001668
Fecha del documento25 de marzo de 2025
Fecha de publicación28 de marzo de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a93077a278f3….

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