Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
¿La sanción de censura impuesta a un abogado constituye una inhabilidad o impedimento para suscribir contrato de prestación de servicios con entidades estatales en calidad de abogado?
P20250228001982 · 7 de abril de 2025Contratación estatalcontrato de prestación de servicios profesionalesidoneidad del contratistainhabilidades en contratación estatalsanción de censuracontratación estatalcensuracontrato de prestación de serviciosrégimen de inhabilidades e incompatibilidadesconceptointerpretación restrictivaley 1123 de 2007sanciones disciplinariasverificación idoneidadColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | ¿La sanción de censura impuesta a un abogado constituye una inhabilidad o impedimento para suscribir contrato de prestación de servicios con entidades estatales en calidad de abogado? |
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| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa que la sanción disciplinaria de censura impuesta a un abogado conforme a la Ley 1123 de 2007 no constituye una inhabilidad ni un impedimento para celebrar contratos de prestación de servicios profesionales con entidades estatales. La entidad fija la posición de que la censura, al no implicar suspensión o exclusión del ejercicio profesional, no restringe la capacidad del sancionado para contratar con el Estado, siempre que no medie una inhabilidad expresa en la normativa aplicable. Además, precisa que el régimen de inhabilidades e incompatibilidades en contratación estatal debe interpretarse de manera restrictiva, sin extender sus efectos a sanciones no previstas taxativamente, como la censura. Finalmente, señala que las entidades estatales deben verificar la idoneidad del contratista según los requisitos habilitantes establecidos en los documentos previos, sin que la sanción disciplinaria por sí sola afecte dicha evaluación. |
| Problema jurídico | Determinar si la sanción de censura impuesta a un abogado conforme a la Ley 1123 de 2007 constituye una inhabilidad o impedimento para celebrar contratos de prestación de servicios con entidades estatales en calidad de abogado. |
| Fragmentos citables | la censura es una sanción disciplinaria a las faltas disciplinarias imputables a los abogados cuya lesividad es de menor entidad. Ahora bien, la misma corresponde a la reprobación pública del abogado por la falta cometida y como puede observarse en la norma, esta no implica la suspensión o prohibición del ejercicio de la profesión. Con respecto a esta sanción el numeral 2) del literal b) del artículo 45 ibídem, contempla como circunstancia de atenuación el haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado. La concurrencia de tal circunstancia implica que la sanción aplicable sea siempre la censura, con la condición que el investigado carezca de antecedentes disciplinarios. |
| Materias | Contrato De Prestación De Servicios Profesionales · Idoneidad del contratista · Inhabilidades en contratación estatal · Sanción de censura · Contratación estatal · Censura · Contrato De Prestación De Servicios · Régimen De Inhabilidades E Incompatibilidades · Concepto · Interpretación restrictiva · Ley 1123 de 2007 · Sanciones disciplinarias · Verificación idoneidad |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/04/C-261.docx |
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