Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concepto sobre obligatoriedad y alcance de los documentos tipo en infraestructura de transporte
P20210615005241 · 29 de julio de 2021Contratación estataldecreto 1082 de 2015documento tipodocumentos tipodecreto ley 4170 de 2011ley 1882 de 2018experiencia en contratacióninfraestructura de transporteley 1150 de 2007ley 2022 de 2020ley 80 de 1993matriz de experienciasentencia c-119 de 2020contratación estatalmatriz 1 de experienciaalcanceaplicacióncondiciones de experienciaconsultoríacontenidodoble funciónentidades estatalesfundamento normativoobligatoriedadColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre obligatoriedad y alcance de los documentos tipo en infraestructura de transporte |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y obligatoriedad de los documentos tipo en procesos de contratación pública, específicamente en el sector de infraestructura de transporte. Fija la posición de que los documentos tipo adoptados por el gobierno nacional, conforme a la Ley 1882 de 2018 y desarrollados mediante resoluciones posteriores, son de obligatorio cumplimiento para todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993) cuando el objeto contractual se subsume en las actividades descritas en la «Matriz 1 – Experiencia». Precisa que estos documentos estandarizan requisitos habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia, y sistemas de ponderación, pero no afectan la autonomía de las entidades territoriales en la definición de sus necesidades ni en la configuración de condiciones particulares del contrato. Además, señala que la aplicación de los documentos tipo depende de la identificación previa del tipo de obra o consultoría en la Matriz 1, así como de la modalidad de selección y cuantía del proceso. Excepcionalmente, entidades no reguladas por la Ley 80 de 1993 pueden adoptarlos de manera facultativa como buenas prácticas. |
| Problema jurídico | Determinar si la Secretaría Distrital de Hábitat debe aplicar los documentos tipo para consultorías de estudios y diseños de infraestructura vial de transporte y su interventoría, o si puede usar sus propios pliegos o adaptar documentos tipo de obra |
| Fragmentos citables | De este modo, los documentos tipo no afectan la autonomía de las entidades territoriales. Lo anterior, debido a que la definición de los requisitos habilitantes y de aspectos técnicos de la selección del contratista en los procesos de selección, son aspectos en los que el legislador tiene amplia libertad de configuración legislativa y, por tanto, puede atribuir dicha regulación al gobierno nacional. Ahora, dicha autonomía se materializa cuando las entidades territoriales deciden iniciar un proceso de convocatoria para satisfacer sus necesidades para la adquisición de un bien, obra o servicio, y además se incluyen en la minuta del contrato las condiciones particulares del negocio jurídico a celebrar. Conforme a lo anterior, la Matriz 1, en el marco de la aplicación de los documentos tipo de infraestructura de transporte, cumple una doble función. Por un lado, sirve para estandarizar las condiciones de experiencia, conforme al parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. De otro lado, dicha matriz permite determinar el ámbito de aplicación más concreto de los documentos tipo respecto de objetos contractuales asociados, ya que son las actividades descritas en esta las que, obligatoriamente, deben contratarse aplicando documentos tipo. Así las cosas, los documentos tipo adoptados hasta este momento en materia de infraestructura son los señalados en el acápite 2.1 del presente concepto. En este sentido, cabe destacar, en relación con las preguntas del peticionario, que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ya adoptó los documentos tipo de concurso de méritos, para contratar la consultoría de estudios de ingeniería de infraestructura de transporte, mediante la Resolución 193 del 14 de julio de 2021; sin embargo, estos documentos tipo solo serán obligatorios para los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 9 de agosto de 2021, como se establece en la Resolución indicada. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Documento Tipo · Documentos Tipo · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 1882 de 2018 · Experiencia en contratación · Infraestructura de transporte · Ley 1150 de 2007 · Ley 2022 de 2020 · Ley 80 de 1993 · Matriz de experiencia · Sentencia C-119 de 2020 · Contratación estatal · Matriz 1 De Experiencia · Alcance · Aplicación · Condiciones de experiencia · Consultoría · Contenido · Doble función · Entidades Estatales · Fundamento normativo · Obligatoriedad |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1630333552833-C-380.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ce6d9da1c38f….
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