Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consultas sobre naturaleza jurídica de contratos de arrendamiento suscritos por entidades públicas, publicidad de información contractual y reservas de información
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| Epígrafe | Consultas sobre naturaleza jurídica de contratos de arrendamiento suscritos por entidades públicas, publicidad de información contractual y reservas de información |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen jurídico aplicable a los contratos de arrendamiento suscritos por entidades públicas, la naturaleza estatal de estos acuerdos y los límites al deber de publicidad de la información contractual. Fija la posición de que los contratos de arrendamiento en los que intervenga una entidad pública adquieren carácter estatal, independientemente de su regulación en el derecho privado, y deben someterse a las normas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993) en aspectos como los procedimientos de selección, principios de transparencia y cláusulas excepcionales. Precisa que estos contratos no pueden incluir prórrogas automáticas y solo pueden recaer sobre bienes fiscales, excluyendo los de uso público. Además, conceptúa que la información contractual debe publicarse en el SECOP, salvo que esté amparada por reserva legal, en cuyo caso solo se exceptúan los datos protegidos, debiendo publicarse el resto del documento o expediente. Fundamenta su análisis en el criterio orgánico para definir contratos estatales, la naturaleza mixta del régimen jurídico aplicable y los principios constitucionales de publicidad y acceso a la información. |
| Problema jurídico | Determinar si los contratos de arrendamiento suscritos por entidades públicas se rigen por la normativa de contratación pública, si deben considerarse contratos públicos, si pueden tener reservas de información y si deben publicarse en el SECOP |
| Fragmentos citables | En los casos en donde una de las partes del contrato de arrendamiento sea una Entidad Pública, este contrato adquiere el carácter de estatal y su contenido se enmarcará en las normas civiles y comerciales que lo regulan, además de las establecidas en el EGCAP. En este tipo de contratos no podrán pactarse cláusulas de prórroga automática y únicamente serán susceptibles de darse en arrendamiento los bienes fiscales, puesto que las entidades pueden disponer de ellos, lo que no ocurre con los bienes de uso público, pues se encuentran fuera del comercio. |
| Materias | Acceso A Documentación Pública · Contrato Estatal · Arrendamiento · Publicidad de la información contractual · Reserva de información pública · Contratación estatal · Contrato De Arrendamiento · Principio De Publicidad · Constitución · Contrato · Derecho fundamental · Elementos · Fundamento · Información contractual · Ley · Naturaleza · Procesos contractuales · Regulación · Transparencia |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1700666168571-C-391.docx |
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