Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Condición resolutoria, cómputo de términos y metodologías de precios en contratos estatales

P20250402003151 · 9 de mayo de 2025

EpígrafeCondición resolutoria, cómputo de términos y metodologías de precios en contratos estatales
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre tres aspectos fundamentales de la contratación estatal: i) la viabilidad de pactar condiciones resolutorias en contratos bilaterales, ii) las reglas para el cómputo de términos en meses cuando estos inician a mediados de un mes, y iii) la posibilidad de incluir precios unitarios y globales en licitaciones de obra. Respecto a las condiciones resolutorias, fija la posición de que estas pueden incorporarse como cláusulas accidentales en virtud de la autonomía de la voluntad, siempre que respeten normas de orden público y principios de contratación pública, basándose en los artículos 1530 y 1534 del Código Civil. Sobre el cómputo de términos, precisa que se aplican las reglas generales de la Ley 4 de 1913, complementadas con la autonomía de las partes para definir plazos específicos en el contrato, destacando que los meses se computan según el calendario y se extienden al primer día hábil si el último día es feriado. En cuanto a los precios, señala que la elección entre precios unitarios, globales o combinados depende de las características del objeto contractual y debe sustentarse en estudios previos, sin que exista una metodología única impuesta por la normativa, aunque el Decreto 1082 de 2015 exige justificación para el uso de precios unitarios.

Problema jurídico

Determinar la viabilidad de pactar condiciones resolutorias en contratos estatales bajo el principio de autonomía de la voluntad, establecer las reglas para el cómputo de términos en meses cuando estos inician a mediados de mes, y evaluar la inclusión de precios unitarios y precio global en licitaciones de obra pública.

Fragmentos citables
La condición resolutoria referida parte de la premisa de su presunción como cláusula natural de todo negocio jurídico bilateral, dentro del que se cuentan, por supuesto, los convenios interadministrativos, sin perjuicio de que las partes, en ejercicio de la autonomía de la voluntad y haciendo uso de la figura de las cláusulas accidentales, puedan acordar aspectos especiales para la procedencia de su configuración, a partir de la identificación precisa de hechos inciertos y futuros que pueden desencadenar la terminación inmediata de la relación jurídica, en aplicación de la definición general de obligaciones condicionales que se encuentra en el artículo 1530 del mismo Código Civil, junto con los tipos de condiciones potestativas, causales o mixtas de que trata el artículo 1534 siguiente.
Este fragmento contiene la regla central sobre la incorporación de condiciones resolutorias en contratos bilaterales, incluyendo los estatales, y su fundamento legal en el Código Civil.
Los contratos de obra por precio global son aquellos en los que el contratista, a cambio de las prestaciones a que se compromete, obtiene como remuneración una suma fija, siendo el único responsable de la vinculación de personal, de la elaboración de subcontratos y de la obtención de materiales. El pacto de un precio global fijo implica el acuerdo de un precio cerrado, cierto e inalterable, cuya única remuneración será el objeto contratado.
Este pasaje define el concepto de precio global en contratos de obra, diferenciándolo de los precios unitarios, y es esencial para entender las modalidades de pago en la contratación pública.
MateriasAutonomía De La Voluntad · Condición Resolutoria · Contratos Estatales · Cómputo de términos · Precio global · Precios unitarios · Contratación estatal · Determinación Del Valor Del Contrato · Sanciones Por Incumplimiento · Etapa de planeación · Meses · Metodologías · Precios globales · Pueden pactarse como potestad unilateral y en ejercicio de acto contractual · Regla interpretativa · Se Entiende Incorporada En Toda Relación Jurídica Bilateral
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-404.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-404 de 2025
NúmeroP20250402003151
Fecha del documento9 de mayo de 2025
Fecha de publicación19 de mayo de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5aa1b84c71cf….

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