Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD – Fundamento constitucional – Desarrollo legal
P20210216001263 · 16 de febrero de 2021Contratación estataldías hábilesprincipio de publicidadpublicación de documentos contractualessecopcontratación estataldesarrollo legaldocumentosfundamento constitucionalpublicidadtérminoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | PRINCIPIO DE PUBLICIDAD – Fundamento constitucional – Desarrollo legal / SECOP – Publicidad – Documentos – Término / DÍAS HÁBILES – Concepto – Plazo / DÍAS HÁBILES – Cómputo – Regla interpretativa |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el cómputo del término de tres días establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015 para la publicación en el SECOP de los Documentos del Proceso y los actos administrativos del proceso de contratación. Fija la posición de que dichos tres días deben entenderse como días hábiles, no como días calendario, fundamentándose en el artículo 62 de la Ley 4 de 1913 y en la jurisprudencia del Consejo de Estado que relaciona los días hábiles con el concepto de 'despacho público' y 'días laborables forzosos'. Señala que, en ausencia de definición legal expresa, los días hábiles son aquellos en los que las entidades públicas ejercen funciones administrativas y atienden al público, excluyendo sábados, domingos y feriados, salvo que el reglamento interno de la entidad establezca jornadas distintas. Además, precisa que el plazo es máximo y que las entidades pueden publicar antes, pero no excederlo, salvo excepciones legales, y que el cómputo debe ajustarse a la jornada laboral definida por cada entidad en sus reglamentos internos. |
| Problema jurídico | Aclarar si los tres días establecidos en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015 para la publicación de documentos del proceso y actos administrativos en el SECOP son días calendario o días hábiles. |
| Fragmentos citables | El artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015 establece que las entidades estatales, en desarrollo de su actividad contractual, se encuentran obligadas a publicar en el SECOP los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición. Conviene precisar que el término de días al que se refiere la ley es un tiempo máximo, de manera que las entidades públicas, si así lo consideran, podrán publicar en el SECOP los documentos a que hace referencia el precitado artículo en un tiempo menor, pero en ningún caso podrán exceder dicho plazo, salvo en las excepciones previstas por la ley. De conformidad con el artículo 62 de la Ley 4 de 1913, los tres (3) días de los que consta el término establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, para la publicación de los Documentos del Proceso, deben entenderse como días hábiles. |
| Materias | Días Hábiles · Principio De Publicidad · Publicación de documentos contractuales · Secop · Contratación estatal · Desarrollo Legal · Documentos · Fundamento constitucional · Publicidad · Término |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1651783584700-1611074086419-C-118.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 86fde9caee54….
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