Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos Tipo – Inalterabilidad y factor de calidad en licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte

P202107030006703 · 13 de septiembre de 2021

EpígrafeDocumentos Tipo – Inalterabilidad y factor de calidad en licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente conceptúa sobre el alcance de los Documentos Tipo para licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte en su versión 3, fijando la posición de que estos documentos son de obligatorio cumplimiento y de inalterabilidad para las entidades estatales, salvo en los aspectos expresamente facultados para su modificación. Precisa que los formatos 7A, 7B, 7C y 7D, como parte integral de los Documentos Tipo, son suficientes para acreditar el factor de calidad en los procesos de selección, sin que las entidades puedan exigir documentos adicionales durante esta etapa. Fundamenta su postura en el principio de buena fe contractual, señalando que los ofrecimientos consignados en los formatos bajo juramento se convierten en obligaciones contractuales exigibles durante la ejecución del contrato, con sanciones como multas por incumplimiento. Además, destaca que la verificación del cumplimiento de estos ofrecimientos corresponde a la interventoría una vez adjudicado el contrato.

Problema jurídico

Determinar si las entidades estatales pueden exigir documentos adicionales a los formatos establecidos en los Documentos Tipo para acreditar el factor de calidad en procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte versión 3.

Fragmentos citables
Todos los formatos como parte integral de los «Documentos Tipo», ostentan las características de obligatoriedad e inalterabilidad que los distingue, salvo en aquellos aspectos donde expresamente se faculte a las entidades contratantes o a los proponentes para su diligenciamiento, como ocurre con los espacios señalados entre corchetes y resaltados en gris, en consecuencia, no se admite injerencia alguna para efectos de adición o supresión de los elementos que consagran, por lo que tampoco es viable la exigencia de documentación adicional.
Define la suficiencia de los formatos 7A, 7B, 7C y 7D para acreditar el factor de calidad y prohíbe requisitos adicionales.
De lo anterior se desprende que, el único documento requerido para otorgar el puntaje frente al factor de calidad es la suscripción del formato que corresponda, de acuerdo con las opciones seleccionadas por la entidad estatal, en consecuencia, no resulta viable exigir a los proponentes documentos adicionales para que se otorgue el puntaje de factor de calidad durante el procedimiento de selección.
Responde directamente a la consulta sobre la imposibilidad de exigir documentos adicionales para acreditar el factor de calidad.
MateriasBuena Fe · Documentos Tipo · Factor De Calidad · Buena fe en la contratación pública · Formatos 7A, 7B, 7C y 7D · Inalterabilidad · Licitación de obra pública · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1631628049218-C-430.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-430 de 2021
NúmeroP202107030006703
Fecha del documento13 de septiembre de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 50e7f5e66342….

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