Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre aplicación de documentos tipo y criterios diferenciales para Mipymes y emprendimientos de mujeres en licitaciones de obra pública de infraestructura social

P20220623006250 · 8 de agosto de 2022

EpígrafeConsulta sobre aplicación de documentos tipo y criterios diferenciales para Mipymes y emprendimientos de mujeres en licitaciones de obra pública de infraestructura social
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo en la contratación pública, así como sobre los criterios diferenciales establecidos en el Decreto 1860 de 2021 para Mipymes y emprendimientos de mujeres. Fija la posición de que los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas sujetas al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública (EGCAP), siendo inalterables salvo en aspectos específicos como los requisitos diligenciables entre corchetes. Precisa que, para los procesos de infraestructura social en sectores educativo, salud y cultura, recreación y deporte, existen documentos tipo transversales y complementarios, cuya entrada en vigencia es gradual según la categorización de las entidades. Además, conceptúa que los criterios diferenciales para Mipymes y emprendimientos de mujeres, introducidos por el Decreto 1860 de 2021, deben aplicarse conforme a las condiciones habilitantes establecidas en los documentos tipo, con vigencia condicionada a su adecuación por parte de Colombia Compra Eficiente, salvo para el artículo 5 del Decreto, que entró a regir tres meses después de su expedición. Finalmente, señala que las entidades no pueden modificar los documentos tipo ni incorporar requisitos no previstos en ellos, debiendo ajustarse a las resoluciones que regulan su aplicación y vigencia.

Problema jurídico

Determinar si un municipio puede adelantar un proceso de licitación de obra pública de educación con pliegos diseñados por el ente territorial mientras Colombia Compra Eficiente adecúa los documentos tipo, y cómo incorporar los criterios diferenciales para Mipymes y emprendimientos de mujeres

Fragmentos citables
Esta obligatoriedad implica que las entidades estatales tengan que adelantar los procesos de contratación bajo las condiciones establecidas en los documentos tipo que rijan para el objeto a contratar, sin que puedan variarse los requisitos fijados en ellos. Lo anterior, por cuanto los documentos tipo se caracterizan por ser inalterables, es decir, que las entidades públicas carecen de la facultad de modificarlos, con excepción de aquellos aspectos que pueden diligenciar, es decir, las descripciones que están incluidas entre corchetes y resaltadas en gris en cada uno de los documentos tipo o en lugares en que expresamente los documentos tipo admitan su modificación.
Establece la regla central sobre la inalterabilidad de los documentos tipo y las excepciones permitidas, clave para entender los límites de la autonomía de las entidades públicas en la contratación.
Para aplicar las disposiciones contenidas en el Decreto 1860 de 2021, el artículo 8 de dicho decreto estableció el momento a partir del cual sus disposiciones surtirían efectos. De esta forma, se estableció que estas aplicarán a los procesos de selección cuya invitación, aviso de convocatoria o documento equivalente –según corresponda–, se publique después de los tres (3) meses de su expedición. No obstante, en relación con los procesos de contratación que se rijan por los Documentos Tipo, en el parágrafo del artículo se dispuso que las disposiciones contenidas en el Decreto no se aplicarían a dichos procesos hasta que la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente incorpore en estos documentos las modificaciones pertinentes.
Establece la regla de vigencia del Decreto 1860 de 2021, diferenciando su aplicación general de la condicionada a la adecuación de los documentos tipo.
En el marco de este esquema de implementación, las resoluciones que adoptaron los documentos tipo complementarios establecieron las fechas a partir de las cuales comenzaron a ser obligatorios dentro de los respectivos sectores. Para estos efectos, la Agencia conformó cuatro (4) grupos de entidades estatales que se replican en cada una de las resoluciones complementarias, los cuales están asociados a determinadas fechas a partir de las cuales comenzó la aplicación forzosa de los documentos tipo aquí referidos.
Detalla el cronograma de implementación gradual de los documentos tipo por sectores y grupos de entidades, esencial para determinar su obligatoriedad en cada caso.
MateriasCriterios Diferenciales · Decreto 1860 De 2021 · Documentos Tipo · Ley 2069 De 2020 · Mipymes · Emprendimientos de mujeres · Infraestructura social · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1660662802163-C-509.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-509 de 2022
NúmeroP20220623006250
Fecha del documento8 de agosto de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 32b5b18c4ec4….

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