Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Tarjeta profesional, experiencia profesional y equivalencia en contratos de prestación de servicios para profesionales en Administración Pública
P20240823008607 · 3 de octubre de 2024Contratación estataladministración públicacontratación directaequivalenciaexperiencia profesionalequivalencia estudios-experienciatarjeta profesionalcontratación estatalacreditacióncontrato de prestación de serviciosexigibilidadrégimen jurídicosuscripciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Tarjeta profesional, experiencia profesional y equivalencia en contratos de prestación de servicios para profesionales en Administración Pública |
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| Resumen | El documento conceptúa la posición de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente sobre tres aspectos clave en la contratación estatal de servicios profesionales con administradores públicos: i) la exigibilidad de la tarjeta profesional para celebrar contratos de prestación de servicios, ii) los criterios para acreditar la experiencia profesional en estos contratos, y iii) la aplicabilidad de las equivalencias entre estudios y experiencia previstas en el Decreto 1083 de 2015. En primer lugar, fija que para suscribir un contrato de prestación de servicios con un profesional en Administración Pública es obligatorio estar inscrito en el Registro Único Nacional de Administradores Públicos y contar con la tarjeta profesional vigente, al ser un requisito legal para el ejercicio de la profesión. En segundo lugar, precisa que la experiencia profesional se acredita conforme al artículo 2.2.2.3.7 del Decreto 1083 de 2015, computándose desde la terminación del pénsum académico, salvo excepciones como las prácticas laborales reguladas por la Ley 1955 de 2019 y la Ley 2043 de 2020. Finalmente, señala que las equivalencias entre estudios y experiencia establecidas en el Decreto 1083 de 2015 no son obligatorias para estos contratos, pues su objeto no se circunscribe al sector de la función pública, aunque las entidades pueden aplicarlas de manera justificada en sus estudios previos. |
| Problema jurídico | Determinar la viabilidad jurídica de celebrar contratos de prestación de servicios profesionales con profesionales en Administración Pública que no cuenten con tarjeta profesional vigente, así como los criterios para acreditar la experiencia profesional en este tipo de contratos y la aplicabilidad de las equivalencias entre estudios y experiencia previstas en el Decreto 1083 de 2015. |
| Fragmentos citables | Para la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales con una persona que sea profesional de Administración Pública, es obligatorio que se encuentre inscrito en el Registro Único Nacional de Administradores Públicos y tener vigente la Tarjeta Profesional expedida por el Consejo Superior Profesional del Administrador Público. La acreditación de la experiencia profesional, la misma, se debe verificar de acuerdo con lo regulado en el artículo 2.2.2.3.7 del Decreto 1083 de 2015. En virtud de esta norma, el ejercicio de las diferentes profesiones acreditadas por el Ministerio de Educación Nacional se contabiliza a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de educación superior, salvo para las profesiones relacionadas con el sistema de seguridad social en salud, en las cuales la experiencia profesional se computa a partir de la inscripción o registro profesional. No obstante, se debe entender que el artículo 229 del Decreto 019 de 2012 es la regla general para contar el término de la experiencia profesional y, por lo tanto, el cómputo, en principio, se efectúa después de terminadas las materias; pero el caso previsto en el artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 es la excepción a esta regla general. En efecto, si el estudiante que opta por un título realiza la práctica laboral antes de terminadas las materias, se debe contar esta experiencia como profesional a pesar de que sea una experiencia que no fue adquirida con posterioridad a la terminación de materias. |
| Materias | Administración Pública · Contratación Directa · Equivalencia · Experiencia Profesional · Equivalencia estudios-experiencia · Tarjeta profesional · Contratación estatal · Acreditación · Contrato de prestación de servicios · Exigibilidad · Régimen jurídico · Suscripción |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-510.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 15302c1b0424….
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