Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Contrato de prestación de servicios: concepto, requisitos y límites para su celebración

P20240702006669 y P20240702006672 · 2 de julio de 2024

EpígrafeContrato de prestación de servicios: concepto, requisitos y límites para su celebración
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente–, conceptúa sobre los requisitos y límites para la celebración de contratos de prestación de servicios con entidades públicas, así como sobre la acreditación de experiencia laboral y formación académica obtenidas en el extranjero. Fija la posición de que los contratos de prestación de servicios solo pueden celebrarse para actividades relacionadas con el funcionamiento ordinario de la entidad, con autonomía e independencia del contratista, y sin generar relación laboral. Respecto a la experiencia laboral en el exterior, señala que puede acreditarse con documentos válidos en Colombia, aunque su validez como medio probatorio depende de requisitos como la apostilla o legalización, cuya exigencia es discrecional de la entidad estatal. Sobre la formación académica en el exterior, precisa que los títulos deben convalidarse ante el Ministerio de Educación para tener plenos efectos legales, salvo excepciones como la presentación del diploma y descripción del programa conforme a la Clasificación Internacional Normalizada de Educación –CINE–, cuando no se requiera convalidación. Además, destaca que la competencia de la Agencia se limita a interpretar normas generales, sin resolver casos particulares ni controversias.

Problema jurídico

¿Puede acreditarse experiencia laboral obtenida en el extranjero para suscribir contratos de prestación de servicios con entidades públicas? ¿Se requiere convalidación o apostilla de títulos académicos obtenidos en el exterior?

Fragmentos citables
El contrato de prestación de servicios es uno de los tipos contractuales consagrados en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, que pueden celebrar las entidades estatales. En tal sentido, se trata de un contrato típico, ya que se encuentra definido en la ley. Sus principales características son: i) Solo puede celebrarse para realizar “actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad”, es decir, que hagan parte de su giro ordinario o quehacer cotidiano; ii) admite que se suscriba tanto con personas naturales, como con personas jurídicas. Sin embargo, cuando pretenda celebrarse con una persona natural, la entidad estatal debe justificar en los estudios previos que las actividades que buscan encomendarse a aquella “no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados”; iii) si bien se celebra para obtener la prestación personal de un servicio, se diferencian del contrato de trabajo en que quien celebra el contrato de prestación de servicios profesionales debe mantener autonomía e independencia en la ejecución de la labor, lo que significa que no puede existir la subordinación y dependencia que es uno de los elementos constitutivos del vínculo laboral; iv) debe ser temporal;
Establece las características esenciales del contrato de prestación de servicios, delimitando su ámbito de aplicación y requisitos, lo que es fundamental para entender su naturaleza jurídica y diferencias con otros tipos contractuales.
La experiencia laboral adquirida en el extranjero es válida para un cargo de funcionario público; al respecto el artículo 2.2.2.3.7 del Decreto 1083 de 2015 prescribe que la experiencia es adquirida por “(…) los conocimientos, las habilidades y las destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio de una profesión, arte u oficio (…)”. Así mismo, el artículo 2.2.2.3.8 de la misma norma, frente a las certificaciones no impone restricciones frente a su procedencia, solo establece el contenido mínimo de la información en ella depositada.
Define el concepto de experiencia laboral y su validez independientemente del lugar de adquisición, lo que permite entender que la experiencia en el extranjero puede ser acreditada en procesos de contratación pública.
MateriasCine · Contratación Directa · Apostilla de documentos · Autonomía del contratista · Convalidación de títulos académicos · Experiencia laboral en el extranjero · Contratación estatal · Circular Externa Única · Clasificación Internacional De Educación · Contrato De Prestación De Servicios · Convalidación De Títulos · Títulos Extranjeros · Títulos Obtenidos En El Exterior · Acreditación · Apostilla · Circular · Concepto · Convalidación · Definición · Excepción · Finalidad · Formación académica · Legalización · Noción · Régimen jurídico · Regla general · Requisitos y límites para su celebración
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-248-.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-248 de 2024
NúmeroP20240702006669 y P20240702006672
Fecha del documento2 de julio de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 1b7b64f6ba3c….

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