Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – fundamento normativo, inalterabilidad y métodos de ponderación de la oferta económica
P20220725007260 · 5 de septiembre de 2022Contratación estataldocumentos tipométodos de ponderaciónselección objetivainalterabilidadtasa representativa del mercadocontratación estatalmecanismos de ponderación de la oferta económicafundamento normativogeneralidadesley 1882 de 2018método aleatoriotrmcColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – fundamento normativo, inalterabilidad y métodos de ponderación de la oferta económica |
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| Resumen | El documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo en la contratación pública colombiana, precisando su fundamento normativo, ámbito de obligatoriedad y el principio de inalterabilidad que los rige. Fija la posición de que los documentos tipo, adoptados inicialmente por el gobierno nacional y luego por la Agencia, son de obligatorio cumplimiento para todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública en los procesos de selección que correspondan a su ámbito de aplicación. Señala que estos documentos estandarizan requisitos habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia, y sistemas de ponderación, incluyendo métodos específicos para evaluar ofertas económicas, como la Tasa Representativa del Mercado (TRM) o fórmulas como mediana, media geométrica o aritmética baja. Además, enfatiza que las entidades no pueden modificar ni incluir condiciones distintas a las previstas en los documentos tipo, salvo en los aspectos expresamente permitidos, pues su inalterabilidad es una manifestación de potestades regladas que limita la discrecionalidad administrativa. El documento también detalla los sectores y modalidades de contratación cubiertos por los documentos tipo, así como las resoluciones que los adoptan y actualizan, y reitera la constitucionalidad de su expedición al no afectar la autonomía de las entidades territoriales en la definición de sus necesidades contractuales. |
| Problema jurídico | Determinar si las entidades pueden modificar los métodos de ponderación de la oferta económica previstos en los documentos tipo (media geométrica con PO, media aritmética alta) y el alcance de la regla de inalterabilidad de los documentos tipo. |
| Fragmentos citables | La adopción de los documentos tipo obligatorios en el ordenamiento jurídico colombiano se incluyó por primera vez en el parágrafo 3 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que facultó al gobierno nacional para expedirlos, pero solo cuando se tratara de la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización; facultad que no ha sido ejercida hasta la actualidad. Debido a lo anterior, el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 es el antecedente más relevante de la expedición de documentos tipo con alcance obligatorio. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación distintos a los señalados en los documentos tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos. Los Documentos Tipo adoptados por esta Agencia, han regulado de manera uniforme lo relativo a la determinación del factor que se tendrá en cuenta a efectos de ponderar el aspecto económico de las ofertas presentadas por los oferentes en el respectivo Proceso de Selección, acogiendo, como se anunció, a la Tasa Representativa del Mercado que rija para determinado momento como la cifra que a la postre definirá uno de los métodos de ponderación de la propuesta establecidos en los documentos del proceso. los documentos tipo estandarizan la forma como se evalúan las propuestas económicas, particularmente en lo relacionado con los métodos de ponderación de las ofertas económicas, presentando 4 alternativas, esto es: i) mediana con valor absoluto, ii) media geométrica, iii) media aritmética baja y iv) menor valor. Además, cabe precisar que los documentos tipo no admiten la posibilidad de modificar estos métodos o de incluir algunos nuevos. |
| Materias | Documentos Tipo · Métodos De Ponderación · Selección Objetiva · Inalterabilidad · Tasa representativa del mercado · Contratación estatal · Mecanismos De Ponderación De La Oferta Económica · Fundamento normativo · Generalidades · Ley 1882 de 2018 · Método aleatorio · Trmc |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1663798048649-C-558.docx |
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Trazabilidad y verificación
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