Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Vigilancia de los contratos estatales: marco jurídico, obligación de la entidad y supervisión
P20240912009297 · 12 de septiembre de 2024Contratación estatalcontratos estatalesley 1474 de 2011supervisión del contratosupervisión e interventoríaley 80 de 1993moralidad administrativavigilancia contractualcontratación estatalsupervisión e interventoría de contratosvigilancia de los contratos estatalescaracterísticasfinalidadmarco jurídicomarco jurídico aplicableobjetivoobligación de la entidadColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Vigilancia de los contratos estatales: marco jurídico, obligación de la entidad y supervisión |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la obligación de vigilancia y control que recae sobre las entidades estatales durante la ejecución de los contratos públicos. Fija la posición de que la supervisión e interventoría son mecanismos esenciales para garantizar el cumplimiento del objeto contractual, el principio de moralidad administrativa y la transparencia en la actividad contractual, conforme a lo establecido en la Ley 1474 de 2011 y la Ley 80 de 1993. Precisa que la supervisión es un deber permanente que aplica a todos los contratos estatales, mientras que la interventoría depende de la necesidad de conocimientos especializados o de la complejidad del contrato. Además, delimita el ámbito de competencia de la entidad para emitir interpretaciones generales, excluyendo la resolución de casos particulares o temas contables e inventariales. Se fundamenta en la jurisprudencia del Consejo de Estado y en la doctrina de la Agencia, destacando que la vigilancia incluye el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato durante su ejecución y liquidación. |
| Problema jurídico | ¿Cómo debe verificarse el cumplimiento de un contrato estatal? |
| Fragmentos citables | La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieran conocimientos especializadas. Para la supervisión, la entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicio que sean requeridos. La interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la entidad estatal, cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen. |
| Materias | Contratos Estatales · Ley 1474 de 2011 · Supervisión Del Contrato · Supervisión E Interventoría · Ley 80 de 1993 · Moralidad administrativa · Vigilancia contractual · Contratación estatal · Supervisión E Interventoría De Contratos · Vigilancia De Los Contratos Estatales · Características · Finalidad · Marco jurídico · Marco jurídico aplicable · Objetivo · Obligación de la entidad |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-600.docx |
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