Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Autonomía de las Entidades Estatales para exigir experiencia en contratos de prestación de servicios o apoyo a la gestión

1_2026_04_20_005331 · 1 de junio de 2026

EpígrafeAutonomía de las Entidades Estatales para exigir experiencia en contratos de prestación de servicios o apoyo a la gestión
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la autonomía de las entidades estatales para exigir requisitos de experiencia en los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión bajo la modalidad de contratación directa. Fija la posición de que la definición de perfiles y la exigencia de experiencia profesional o laboral debe ser motivada, razonable y proporcional, ajustándose estrictamente a la naturaleza y complejidad del objeto contractual. La autoridad precisa que, aunque las entidades gozan de discrecionalidad para establecer requisitos habilitantes, esta facultad está limitada por el principio de proporcionalidad y debe justificarse técnicamente en los estudios previos. Además, distingue entre experiencia general y experiencia relacionada, señalando que la primera debe evaluarse en cada caso concreto para garantizar que no se impongan cargas desproporcionadas. El documento enfatiza que la autonomía contractual no puede ejercerse de forma arbitraria y que la experiencia exigida debe guardar relación directa con las obligaciones específicas del contrato.

Problema jurídico

Determinar el alcance de la autonomía de las Entidades Estatales para exigir requisitos de experiencia en contratos de prestación de servicios o apoyo a la gestión, y si pueden exigirse requisitos de experiencia general sin relación directa con el objeto contractual.

Fragmentos citables
En el régimen de contratación estatal colombiano, si bien las entidades públicas gozan de competencia para confeccionar los estudios previos y definir los requisitos que deben reunir los oferentes según los factores advertidos en su planeación, esta facultad no puede ejercerse de forma arbitraria o caprichosa. Al tenor del artículo 44 de la Ley 1437 de 2011, aplicable en virtud del artículo 77 de la Ley 80 de 1993, en la medida en que el contenido de una decisión sea discrecional, debe ser adecuada a los fines de la norma que la autoriza, y proporcional a los hechos que le sirven de causa.
Establece el límite fundamental a la discrecionalidad administrativa en la definición de requisitos, vinculando su ejercicio al principio de proporcionalidad y a los fines de la norma.
Por otra parte, el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 reglamenta que, para la procedencia de la contratación directa de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, la entidad debe verificar la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. Asimismo, la práctica común en el diseño de los procesos de selección matiza este requisito distinguiendo la experiencia general, la cual se relaciona de manera amplia con el desempeño de la actividad profesional objeto del negocio jurídico, de la experiencia relacionada, concebida como aquella adquirida en el ejercicio de actividades con funciones similares a las del contrato a proveer.
Delimita los tipos de experiencia exigibles y su relación con el objeto contractual, destacando la distinción entre experiencia general y relacionada.
Determinar si es viable exigir una experiencia profesional o laboral en términos amplios o generales es un análisis que corresponde evaluar a la entidad en cada caso concreto durante la etapa de planeación, bajo la estricta obligación de sustentar explícitamente en los estudios previos y en el análisis del sector de qué manera dicha exigencia responde a criterios de necesidad y proporcionalidad frente a las obligaciones específicas que el contratista va a desarrollar.
Enfatiza la obligación de justificación técnica en los estudios previos y la evaluación caso por caso, reforzando el carácter motivado de la decisión administrativa.
MateriasAutonomía Contractual · Contratación Directa · Contrato De Prestación De Servicios · Experiencia Profesional · Requisitos Habilitantes · Facultad discrecional · Principio de proporcionalidad · Contratación estatal · Experiencia Profesional Y Laboral · Elementos característicos · Estudios previos · Experiencia general · Experiencia Relacionada · Proporcionalidad · Servicios profesionales y apoyo a la gestión · Tipología
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/06/C-650-3.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-650 de 2026
Número1_2026_04_20_005331
Fecha del documento1 de junio de 2026
Fecha de publicación18 de junio de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 75c90ff24b2a….

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