Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Pago de viáticos en contratos de prestación de servicios profesionales

P20250519004814 · 27 de junio de 2025

EpígrafePago de viáticos en contratos de prestación de servicios profesionales
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la posibilidad de que las entidades públicas pacten con contratistas el reconocimiento de gastos de desplazamiento, manutención y hospedaje para la ejecución de contratos de prestación de servicios profesionales. La autoridad fija la posición de que tales gastos deben estar expresamente previstos en el clausulado contractual para garantizar la disponibilidad presupuestal y evitar controversias, aunque reconoce que, en caso de omisión, las partes pueden acordar posteriormente el procedimiento aplicable. Además, precisa que las entidades gozan de autonomía para definir el precio y forma de pago de estos gastos, siempre que respeten los límites legales, especialmente los establecidos en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), que exige que las cláusulas contractuales no sean contrarias a la Constitución, la ley, el orden público ni a los principios de buena administración. El documento también delimita el alcance de su competencia consultiva, aclarando que no resuelve casos particulares ni actúa como instancia de validación de actuaciones administrativas.

Problema jurídico

Viabilidad de pactar el reconocimiento de gastos de desplazamiento, manutención y hospedaje en contratos de prestación de servicios profesionales

Fragmentos citables
Si. Dado que las partes contratantes gozan de libertad para pactar las cláusulas contractuales conforme a sus intereses y necesidades, si en el marco de la ejecución del objeto contractual el contratista requiere el reconocimiento de gastos asociados a transporte, alojamiento o manutención, dicha situación debe estar contemplada expresamente en el clausulado del contrato. Esto permite a la entidad garantizar la disponibilidad presupuestal necesaria para asumir tales erogaciones.
Establece la regla central del documento: la necesidad de pactar expresamente los gastos de desplazamiento, manutención y hospedaje en el contrato para su reconocimiento.
MateriasContratación Directa · Autonomía de la entidad · Prestación de servicios profesionales · Viáticos · Contratación estatal · Contrato De Prestación De Servicios Profesionales · Autonomía de la entidad para calcular forma de pago · Facultad · Gastos de desplazamiento · Manutención y hospedaje · Pacto · Reconocimiento · Régimen legal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-662.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-662 de 2025
NúmeroP20250519004814
Fecha del documento27 de junio de 2025
Fecha de publicación1 de julio de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a53677bdb762….

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