Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo y requisitos habilitantes en la contratación pública
P20220902008783 · 2 de septiembre de 2022Contratación estataldocumentos tiporequisitos habilitantesexperiencia en contratación públicatransformación societariacontratación estataltransformaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo y requisitos habilitantes en la contratación pública |
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| Resumen | Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que los documentos tipo adoptados por esta entidad, en desarrollo de la Ley 2022 de 2020, son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, siempre que el objeto contractual y la modalidad de selección correspondan a los sectores y categorías previstos en las resoluciones que los adoptan. La autoridad precisa que estos documentos, que incluyen requisitos habilitantes, criterios de ponderación y formatos como el «Formato 3 – Experiencia», no pueden ser modificados por las entidades, salvo en los aspectos resaltados para diligenciamiento. Además, conceptúa que la transformación de una sociedad comercial, regulada en el artículo 167 del Código de Comercio, no afecta la continuidad de su existencia jurídica ni su experiencia, por lo que la sociedad transformada puede acreditar su experiencia con la información registrada en el RUP o mediante los documentos exigidos en los documentos tipo, sin necesidad de presentar nuevamente certificaciones bajo la nueva razón social. La Agencia advierte que su competencia se limita a interpretar normas generales de contratación pública y no a resolver casos particulares, reiterando que la experiencia se acredita con los contratos registrados en el RUP o los documentos válidos previstos, sin que el cambio de tipo societario implique una interrupción en la continuidad de la sociedad ni en su historial contractual. |
| Problema jurídico | Acreditación de experiencia de sociedades que han realizado transformación societaria |
| Fragmentos citables | La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, responde su consulta remitida el 02 de septiembre de 2022. La adopción de los documentos tipo obligatorios en el ordenamiento jurídico colombiano se incluyó por primera vez en el parágrafo 3 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que facultó al Gobierno Nacional para expedirlos, pero solo cuando se tratara de la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización. Sin embargo, esta facultad no ha sido ejercida hasta la actualidad. Debido a lo anterior, el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 es el antecedente más relevante respecto a los documentos tipo. En este sentido, la figura de «transformación» regulada en la norma señalada es una reforma a los estatutos de una sociedad comercial, en la cual se detalla la naturaleza jurídica, composición, estructura, capital, entre otros, con el propósito de transformar o cambiar la forma o tipo societario que adoptó, como sociedad anónima, limitada, en comandita, etc. Es decir, si una sociedad se crea como sociedad de responsabilidad limitada y, sin disolverse, decide adoptar la figura de sociedad anónima, lo podrá hacer mediante una reforma estatutaria, sin que se interrumpa la continuidad de la sociedad comercial o persona jurídica. |
| Materias | Documentos Tipo · Requisitos Habilitantes · Experiencia en contratación pública · Transformación societaria · Contratación estatal · Transformación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1668109315195-C-668.docx |
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