Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Capacidad de los proponentes plurales para participar en varios procesos de contratación pública y uso de un mismo usuario en SECOP II

1_2026_04_23_005547 · 21 de mayo de 2026

EpígrafeCapacidad de los proponentes plurales para participar en varios procesos de contratación pública y uso de un mismo usuario en SECOP II
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre la capacidad de los consorcios y uniones temporales (proponentes plurales) para participar en múltiples procesos de contratación estatal y el uso de un mismo usuario en el SECOP II para tal fin. La autoridad conceptúa que, conforme a los numerales 6 y 7 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993, no existe impedimento legal para que estos proponentes presenten propuestas en varios procesos, siempre que cumplan con los requisitos habilitantes y su objeto contractual se alinee con las actividades requeridas. Además, precisa que es jurídicamente viable utilizar una misma cuenta y usuario en el SECOP II para participar en diferentes procesos, siempre que la plataforma lo permita operativamente y se configuren adecuadamente los datos según las exigencias de cada convocatoria. Esta postura se sustenta en la libertad de asociación y contratación de los proponentes plurales, así como en los principios de eficiencia y economía, evitando cargas administrativas innecesarias que no derivan de la normativa aplicable.

Problema jurídico

Determinar si los proponentes plurales pueden participar en varios procesos de contratación pública y emplear un mismo usuario en SECOP II para tales efectos

Fragmentos citables
la capacidad de los consorcios y uniones temporales para participar en la adjudicación, celebración y ejecución de uno o varios contratos estatales dependerá de dos aspectos: “i) que los integrantes de la estructural plural adopten la decisión conjunta de presentar una misma propuesta al proceso de selección; y ii) que el objeto del consorcio o unión temporal se encuentre alineado con las actividades a desarrollar en un determinado proceso”. Así, no existe impedimento o prohibición alguna que limite la actividad de los consorcios o uniones temporales a un solo contrato.
Establece los requisitos legales para que los proponentes plurales participen en procesos de contratación, base de la interpretación que fija el documento.
resulta jurídicamente viable que dichos proponentes utilicen una misma cuenta y usuario en el SECOP II para participar en diferentes procesos de contratación, siempre que ello sea operativamente permitido por la plataforma. Para tal efecto, será necesario configurar el usuario de manera que permita cumplir con las exigencias particulares de cada proceso de selección y adecuarlo a las condiciones de la respectiva convocatoria.
Define la regla operativa sobre el uso de cuentas en el SECOP II, clave para la gestión de proponentes plurales en múltiples procesos.
la postura actualmente sostenida por esta Subdirección en relación con la posibilidad de emplear un mismo usuario o cuenta del SECOP II para participar en varios procesos de contratación pública, es la desarrollada en el concepto C-938 de 2025 y reiterada posteriormente en los conceptos C-1139 y C-1188 de 2025, en los que se concluyó que los proponentes plurales pueden utilizar una misma cuenta y usuario en el SECOP II para participar en diferentes procesos de contratación.
Consolida la línea interpretativa vigente sobre el uso de cuentas únicas en el SECOP II, reforzando la coherencia doctrinal.
Esta interpretación resulta la más coherente y armónica con los argumentos expuestos en el concepto unificado CU-636 de 2025, puesto que si jurídicamente se admite que un mismo proponente plural pueda contratar con una o varias entidades, resulta razonable concluir que dicha posibilidad se pueda materializar en el SECOP II, siempre que la plataforma permita efectuar las configuraciones o modificaciones correspondientes sobre el usuario registrado.
Explica el fundamento jurídico que justifica la interpretación, vinculando la capacidad contractual con la operatividad en la plataforma.
MateriasCapacidad Para Contratar · Consorcios Y Uniones Temporales · Secop Ii · Concepto unificado · Proponentes plurales · Contratación estatal · Postura Actual · Concepto C-938 · Concepto Unificado CU-636 · Deber de registro en SECOP II · Participación en varios procesos · Presentación de ofertas en SECOP II · Reiteración
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-670.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-670 de 2026
Número1_2026_04_23_005547
Fecha del documento21 de mayo de 2026
Fecha de publicación26 de mayo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 8d4c3a2eca61….

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