Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Diferencias entre asociaciones de municipios y asociaciones de entidades públicas; régimen contractual y restricciones de contratación directa
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| Epígrafe | Diferencias entre asociaciones de municipios y asociaciones de entidades públicas; régimen contractual y restricciones de contratación directa |
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| Resumen | El documento, suscrito por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – como concepto C-751 de 2024, fija la posición interpretativa sobre el régimen jurídico de las asociaciones de municipios y entidades públicas, así como sobre la naturaleza y alcance de los contratos y convenios interadministrativos. En primer lugar, conceptúa que las asociaciones de municipios son entidades administrativas de derecho público con personería jurídica y patrimonio propio, reguladas por la Ley 136 de 1994 y la Ley 1454 de 2011, mientras que las asociaciones de entidades públicas incluyen a municipios y otras entidades territoriales o descentralizadas, con fines de cooperación en funciones administrativas o prestación de servicios. En segundo lugar, precisa que, conforme al artículo 10 de la Ley 1150 de 2007 y al artículo 92 de la Ley 1474 de 2011, las asociaciones de entidades territoriales —incluidas las de municipios— no pueden celebrar contratos mediante contratación directa ni acudir a la causal de contratos interadministrativos, salvo las excepciones previstas en dichas normas. Finalmente, conceptúa que los contratos interadministrativos son acuerdos patrimoniales entre entidades públicas con intereses específicos y recíprocos, regulados por la Ley 80 de 1993, mientras que los convenios interadministrativos son acuerdos de colaboración sin contraposición de intereses, regulados principalmente por el artículo 95 de la Ley 489 de 1998. El documento también aclara que las asociaciones de municipios no tienen un régimen tributario especial en materia de impuesto de industria y comercio, pues este recae en el ente territorial donde se ejerce la actividad. |
| Problema jurídico | Determinar las diferencias entre asociaciones de municipios y asociaciones de entidades públicas; identificar restricciones a la contratación directa para estas entidades; diferenciar contratos y convenios interadministrativos; establecer responsabilidad tributaria en el impuesto de industria y comercio |
| Fragmentos citables | Para la celebración de contratos con entidades estatales, las cooperativas y asociaciones conformadas por entidades territoriales deben someterse a los procesos de selección de la Ley 1150 de 2007, en igualdad de condiciones con los particulares. Así las cosas, la finalidad de la norma consiste en establecer que las cooperativas, las asociaciones conformadas por entidades territoriales y en general los entes solidarios de carácter público que pretendan celebrar contratos con las entidades estatales pueden hacerlo siempre y cuando lo realicen a través de procedimientos competitivos, limitándose, en consecuencia, la modalidad de contratación directa. |
| Materias | Asociaciones De Municipios · Contratación Directa · Contratos Interadministrativos · Convenios Interadministrativos · Asociaciones de entidades públicas · Impuesto de industria y comercio · Contratación estatal · Asociación De Entidades Públicas · Asociación De Municipios · Contrato Interadministrativo · Concepto · Naturaleza jurídica · Noción · Prohibición de contratación directa · Régimen jurídico |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-751.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 511be956ec91….
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