Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Modalidades de selección de contratistas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
13 de febrero de 2023Contratación estatalcontratación directalicitación públicamínima cuantíaconcurso de meritosprincipios de la contratación públicaselección abreviadacontratación estatalmodalidades de selecciónartículo 2.2.1.2.1.3.2característicasclasesconceptodecreto 1082 de 2015definiciónmodalidadesselección abreviada de menor cuantíasuspensión provisionalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Modalidades de selección de contratistas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y características de las modalidades de selección de contratistas previstas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Fija la posición de que la licitación pública es la regla general para la escogencia de contratistas, mientras que las demás modalidades (selección abreviada, concurso de méritos, mínima cuantía y contratación directa) constituyen excepciones taxativas, aplicables según las características del objeto contractual, la cuantía o las circunstancias específicas reguladas por la ley. Precisa que la entidad estatal es responsable de estructurar el procedimiento de contratación, respetando los principios de legalidad, transparencia y selección objetiva, sin que esta Agencia tenga competencia para asesorar sobre la modalidad específica a aplicar en casos concretos. Además, delimita su competencia consultiva a la interpretación de normas generales, excluyendo la resolución de controversias o asesorías particulares, y reitera los fundamentos normativos y jurisprudenciales que regulan cada modalidad, destacando los límites y condiciones para su aplicación, especialmente en lo concerniente a la contratación directa y al concurso de méritos. |
| Problema jurídico | Determinación de la modalidad de selección aplicable para la celebración de un contrato de prestación de servicios con un operador logístico para la administración de operaciones logísticas de una entidad estatal |
| Fragmentos citables | La modalidad de selección de licitación pública es competitiva y abierta a competencia, ya que en ella tiene lugar la participación de varios proponentes en una fase pública de presentación de ofertas. Esto permite que todas las personas interesadas concurran al proceso en igualdad de condiciones y compitan en el mismo. la contratación directa es de aplicación restrictiva, esto es, solo procede por las causales señaladas taxativamente en el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Además, es una excepción al principio de libre concurrencia y libre competencia, que se aplica en los procesos de contratación, para que cualquier persona interesada en satisfacer la necesidad de una entidad pueda presentar una oferta. En atención a esto, dentro de los límites de la competencia consultiva atribuida a esta Agencia resolverá su consulta, previo desarrollo de los siguientes temas: i) generalidades sobre las modalidades de selección de contratistas; ii) licitación pública, iii) selección abreviada, iv) concurso de méritos, v) mínima cuantía y vi) contratación directa. |
| Materias | Contratación Directa · Licitación Pública · Mínima Cuantía · Concurso de meritos · Principios de la contratación pública · Selección abreviada · Contratación estatal · Modalidades de selección · Artículo 2.2.1.2.1.3.2 · Características · Clases · Concepto · Decreto 1082 de 2015 · Definición · Modalidades · Selección abreviada de menor cuantía · Suspensión provisional |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1681744181105-C-969.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 9acc1e32d981….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.