Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ― Concepto ― Requisitos y límites para su celebración

P20240406003520 · 28 de mayo de 2024

EpígrafeCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ― Concepto ― Requisitos y límites para su celebración / HONORARIOS – Fijación – Límite Remuneración – Régimen jurídico / SEGURIDAD SOCIAL – Verificación – Pago – Aportes
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los requisitos, límites y régimen jurídico aplicable a los contratos de prestación de servicios celebrados por entidades estatales, así como sobre la fijación de honorarios y la verificación de aportes a seguridad social. En primer lugar, fija la posición de que estos contratos solo pueden celebrarse para actividades relacionadas con el giro ordinario o funcionamiento de la entidad, excluyendo la generación de relación laboral o prestaciones sociales, y deben ser temporales, celebrados bajo modalidad de contratación directa y sin subordinación. Además, precisa que no existe prohibición legal para pactar honorarios inferiores al salario mínimo en contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión, pues prima la autonomía de la voluntad de las partes, siempre que se respeten los límites constitucionales, legales y de orden público. Sin embargo, las entidades deben justificar los montos en estudios previos y análisis del sector. Finalmente, conceptúa que la verificación de aportes a seguridad social debe realizarse durante la ejecución y liquidación del contrato, con reglas diferenciadas para personas naturales y jurídicas, sin que exista obligación de cotizar sobre una base mínima específica tras la declaratoria de inexequibilidad del artículo 244 de la Ley 1955 de 2019.

Problema jurídico

Determinar si existe prohibición legal para que una Entidad Estatal pacte honorarios mensuales con un contratista de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión por un valor inferior al salario mínimo vigente

Fragmentos citables
Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Trabajo emitió el Concepto Unificado rad. 08SE202223000000035861 de 2 de agosto de 2022, con ocasión de la efectividad de la exequibilidad del artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 y la forma en que cotizan los trabajadores independientes, para concluir que esta no cambió, toda vez que operó la reviviscencia del “artículo 18 de la Ley 1122 de 2007, norma que establece que la cotización de los independientes contratistas de prestación de servicios se efectuará: “(…) sobre una base de la cotización máxima de un 40% del valor mensualizado del contrato””.
Aclara el régimen aplicable a las cotizaciones de trabajadores independientes tras la declaratoria de inexequibilidad del artículo 244 de la Ley 1955 de 2019, lo que permite entender las obligaciones vigentes en materia de seguridad social para estos contratistas.
MateriasAportes A Seguridad Social · Contratación Directa · Seguridad Social · Honorarios · Contratación estatal · Contrato De Prestación De Servicios · Aportes · Concepto · Fijacion · Límite remuneración · Pago · Régimen jurídico · Requisitos y límites para su celebración · Verificación
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/06/C-107.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-107 de 2024
NúmeroP20240406003520
Fecha del documento28 de mayo de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: f482fff29cea….

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