Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos tipo – fundamento normativo – obligatoriedad

P20250323002819 · 28 de abril de 2025

EpígrafeDocumentos tipo – fundamento normativo – obligatoriedad
Resumen

Este documento conceptúa sobre el alcance de los incisos tercero y cuarto del numeral 4.2 del documento base de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 4, en relación con el descuento de puntaje por obras civiles inconclusas. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que las entidades estatales deben consultar y analizar las anotaciones vigentes en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas para descontar un punto del factor calidad, siempre que la anotación se relacione con un incumplimiento atribuible al contratista. Además, precisa que el simple hecho de estar incluido en el registro no genera automáticamente el descuento, y que cuando el proponente no oferte el factor calidad, obtendrá cero puntos en ese criterio sin posibilidad de descontar puntaje adicional. La interpretación se sustenta en la obligatoriedad de los documentos tipo para las entidades estatales y en la coherencia con el artículo 6 de la Ley 2020 de 2020.

Problema jurídico

Alcance de los incisos tercero y cuarto del numeral 4.2 del documento base de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 4, relacionados con el descuento de puntaje por obras civiles inconclusas

Fragmentos citables
Los documentos tipo expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente en ejercicio de la potestad otorgada por la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia por parte de las Entidades Estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –EGCAP–. Debido a esto, tales entidades deben aplicar de manera forzosa los documentos tipo para desarrollar los Procesos de Contratación en los objetos y modalidades cobijadas por los Documentos Tipo.
Establece el fundamento normativo y la obligatoriedad de los documentos tipo, clave para entender el alcance de la interpretación que realiza la entidad.
Las Entidades Estatales deben consultar y analizar las anotaciones vigentes que reposen en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas, de que trata la Ley 2020 de 2020. En el evento que las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, o integrantes de Proponentes Plurales, cuenten con alguna anotación vigente de obra civil inconclusa, en el mencionado registro, se descontará un (1) punto de la sumatoria obtenida en relación con el factor de calidad.
Define el procedimiento obligatorio para las entidades al evaluar el factor calidad, vinculando el descuento de puntaje a un análisis concreto de las anotaciones registrales.
Debe precisarse que las anotaciones vigentes en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas corresponden a las que reposan en este, teniendo en cuenta las actualizaciones que realice la Contraloría General de la República y las entidades estatales, conforme al artículo 3 de la Ley 2020 de 2020. En tal sentido, para efectos del descuento del puntaje establecido en el numeral 4.2 del documento base, la Entidad Estatal –al momento de evaluar– deberá consultar y analizar las anotaciones en el registro con sus respectivas actualizaciones. Teniendo en cuenta lo anterior, es pertinente aclarar que el simple hecho de encontrarse incluido en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas no da lugar a descontar el punto señalado.
Aclara que el descuento no es automático por la sola inclusión en el registro, sino que depende de un análisis actualizado y contextualizado de las anotaciones.
MateriasDocumentos Tipo · Factor De Calidad · Registro Nacional De Obras Civiles Inconclusas · Descuento de puntaje · Contratación estatal · Anotación · Fundamento normativo · No oferte · Obligatoriedad · Obras civiles inconclusas · Transporte · Versión 4
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/04/C-351.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-351 de 2025
NúmeroP20250323002819
Fecha del documento28 de abril de 2025
Fecha de publicación29 de abril de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 76b088aff65b….

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