Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Contratación directa: características, principios y estudios previos

P20220802007580 · 14 de septiembre de 2022

EpígrafeContratación directa: características, principios y estudios previos
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la modalidad de contratación directa y los requisitos de los estudios previos en esta figura. Fija la posición de que la contratación directa, al ser una excepción al principio de libre concurrencia y competencia, solo procede por las causales taxativamente señaladas en la ley, debiendo aplicarse de manera restrictiva. Precisa que, pese a su naturaleza no competitiva, esta modalidad no exime a las entidades de garantizar los principios rectores de la contratación pública, como transparencia, economía y selección objetiva, aunque estos se modulen según su finalidad. En cuanto a los estudios previos, señala que son obligatorios tanto antes de la apertura de un proceso de selección como previo a la firma del contrato en contratación directa, y deben incluir un análisis del sector que contemple perspectivas legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de riesgos. Además, establece que el análisis del sector puede incluirse dentro de los estudios previos, siempre que cumpla con los elementos mínimos exigidos normativamente, sin requerir un documento aparte.

Problema jurídico

Determinar si el análisis del sector en una contratación directa (prestación de servicios de apoyo a la gestión, profesionales o artísticos) puede incluirse dentro del documento de estudios previos o debe ser un documento aparte, y qué requisitos debe cumplir

Fragmentos citables
En relación con la contratación directa, es importante señalar que es una excepción al principio de libre concurrencia y competencia, que se aplica en los procesos de contratación, para que cualquier persona interesada en satisfacer la necesidad de una entidad pueda presentar una oferta. Siendo una excepción a los mencionados principios que rigen la contratación estatal, esta modalidad de contratación es de aplicación restrictiva, es decir, solo procede por las causales señaladas expresamente en la ley.
Establece el carácter excepcional y restrictivo de la contratación directa, fundamento clave para su interpretación y aplicación.
De las normas citadas en el numeral anterior, se resalta que, en virtud del principio de economía, para iniciar un proceso de contratación, inclusive de contratación directa, se requieren unos estudios previos. Con ellos, se estructuran, concretan y viabilizan los aspectos esenciales del futuro contrato, dentro de los cuales se encuentran su objeto y valor estimado, entre otros elementos.
Destaca la obligatoriedad de los estudios previos en contratación directa, incluso cuando no hay competencia, y su función estructurante del proceso contractual.
El numeral 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, antes citado, establece el deber de las entidades de realizar estudios previos en dos momentos específicos: i) previo a la apertura de un proceso de selección y ii) previo a la firma del contrato en el caso en que la modalidad de selección sea contratación directa. Por su parte, el reglamento, es decir los artículos 2.2.1.1.1.6.1 y 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, no imponen la obligación de realizar estudios y documentos previos en etapas diferentes a la de planeación del contrato.
Precisa los momentos en que deben elaborarse los estudios previos en contratación directa y descarta requisitos adicionales más allá de la planeación contractual.
MateriasAnálisis Del Sector · Contratación Directa · Estudios Previos · Principios de la contratación pública · Contratación estatal · Modalidades de selección · Principio De Planeación · Características · Selección objetiva · Transparencia
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1663798337317-C-572.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-572  de 2022
NúmeroP20220802007580
Fecha del documento14 de septiembre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 1ea3b77f56e1….

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