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Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa y a los convenios interadministrativos durante periodos preelectorales y en contexto de emergencia sanitaria por COVID-19

P20211214011470 · 26 de enero de 2022

EpígrafeLey de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa y a los convenios interadministrativos durante periodos preelectorales y en contexto de emergencia sanitaria por COVID-19
Resumen

Este documento conceptúa sobre el alcance y aplicación de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales), norma que busca preservar la igualdad, transparencia y neutralidad en los procesos electorales mediante restricciones a la contratación pública en períodos preelectorales. La autoridad fija la posición de que las prohibiciones contenidas en la ley, especialmente las del artículo 33 (contratación directa) y el parágrafo del artículo 38 (convenios interadministrativos), son de interpretación restrictiva y taxativa, aplicables a todos los entes del Estado sin distinción de régimen jurídico o autonomía. Se precisan los destinatarios, el ámbito temporal (cuatro meses previos a elecciones), las excepciones (emergencias sanitarias, seguridad nacional, etc.) y la distinción entre elecciones presidenciales y otras. Además, se analiza la modificación transitoria introducida por la Ley 2159 de 2021 al parágrafo del artículo 38, que suspendió temporalmente la prohibición para convenios interadministrativos entre entidades nacionales y territoriales durante la vigencia fiscal 2022, siempre que se destinen a proyectos del Presupuesto General de la Nación. También se aborda el contexto de la emergencia sanitaria por COVID-19 y su impacto en la contratación estatal, destacando la vigencia del Decreto Legislativo 537 de 2020.

Problema jurídico

Determinar el alcance de las restricciones a la contratación directa y a la celebración de convenios interadministrativos durante periodos preelectorales, en particular durante la vigencia de la emergencia sanitaria por COVID-19 y frente a las modificaciones introducidas por la Ley 2159 de 2021 (Ley Anual de Presupuesto).

Fragmentos citables
La Ley 996 de 2005, conocida como «Ley de Garantías Electorales», se suma al andamiaje de orden constitucional y legal que se ha ocupado de evitar la injerencia inadecuada de intereses particulares en el ejercicio de la función pública. Esta ley tiene como propósito evitar cualquier tipo de arbitrariedad, de ventaja injustificada, de uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías en la elección presidencial.
Establece la finalidad y el propósito general de la Ley de Garantías Electorales, clave para entender su alcance y fundamento.
El artículo 33 de la Ley 996 de 2005 prohíbe «[…] la contratación directa por parte de todos los entes del Estado» durante los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones presidenciales, salvo «[…] lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias».
Define la prohibición principal del artículo 33, sus destinatarios y las excepciones taxativas, esencial para aplicar la norma en casos concretos.
La modificación introducida por la Ley del Presupuesto al parágrafo del artículo 38 resulta ser meramente temporal o transitoria, toda vez que se halla circunscrita, solamente, a un lapso específico, comprendido entre la fecha en que se publique la Ley de Presupuesto y el término de la vigencia fiscal del año 2022.
Explica el carácter transitorio de la modificación introducida por la Ley 2159 de 2021, relevante para entender su vigencia y alcance.
MateriasContratación Directa · Contratos Y Convenios Interadministrativos · Convenios Interadministrativos · Ley 2159 De 2021 · Ley De Garantías Electorales · Emergencia sanitaria por covid-19 · Contratación estatal · Covid 19 · Disposiciones Expedidas En Materia De Contratación Estatal · Emergencia Sanitaria · Modificación De La Ley 2159 De 2021
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1650553532869-1644941083375-C-724.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-724 de 2021
NúmeroP20211214011470
Fecha del documento26 de enero de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 35f1183eb8c3….

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