Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concepto sobre régimen contractual de las Empresas Sociales del Estado (ESE) y adquisición de ambulancias como dotación biomédica

1_2025_07_10_006984 · 21 de agosto de 2025

EpígrafeConcepto sobre régimen contractual de las Empresas Sociales del Estado (ESE) y adquisición de ambulancias como dotación biomédica
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen contractual aplicable a las Empresas Sociales del Estado (ESE) y, en particular, sobre la clasificación de las ambulancias como dotación biomédica para efectos de su adquisición con recursos del Presupuesto General de la Nación. Fija la posición de que las ESE, pese a regirse por derecho privado en materia contractual, deben observar principios de transparencia, selección objetiva y gestión fiscal, incorporando estos criterios en sus manuales de contratación. Precisa que la adquisición de ambulancias —bienes de naturaleza mixta con prevalencia funcional de equipos biomédicos— debe ser clasificada como dotación biomédica en los estudios previos cuando así lo determine un análisis técnico y normativo, lo que conlleva la obligatoriedad de contratar bajo la modalidad de convocatoria pública si los recursos son del Presupuesto General de la Nación. Fundamenta su postura en las Resoluciones 5185 de 2013 y 1440 de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social, así como en los principios constitucionales y legales de la función pública y la contratación estatal, sin perjuicio de que las ESE mantengan autonomía en la definición de sus procedimientos internos, siempre que estos no desconozcan los lineamientos generales.

Problema jurídico

Determinar si la adquisición de ambulancias de transporte asistencial medicalizado y básico, financiadas con recursos del Presupuesto General de la Nación, debe clasificarse como 'dotación biomédica' para efectos del parágrafo 2 de la Resolución 1440 de 2024 y, en consecuencia, someterse obligatoriamente a la modalidad de convocatoria pública prevista en la Resolución 5185 de 2013.

Fragmentos citables
En primer lugar, las entidades de régimen especial son aquellas que, por expresa disposición legal y debido a su naturaleza o situación de competencia, tienen condiciones diferenciales respecto a la normativa aplicable en materia de contratación pública. Esto quiere decir que, no están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública –en adelante EGCAP– y, por ende, sus procedimientos contractuales se rigen por una normativa propia para su desarrollo, esto es, el derecho privado.
Establece el marco conceptual de las entidades de régimen especial, incluyendo a las ESE, y su sujeción a normas propias de derecho privado, aunque con principios de derecho público.
Así las cosas, teniendo en cuenta que algunas de las entidades de régimen especial administran recursos públicos, sus manuales de contratación deben ceñirse a unas reglas mínimas que garanticen el cumplimiento de los principios de la función pública, el control fiscal y los principios rectores de la contratación estatal. Dentro de estas reglas deben indicar el contenido de las propuestas y los procedimientos de selección, llevar una descripción precisa del procedimiento, los plazos de las etapas, los criterios de evaluación y desempate, y todos los criterios necesarios para garantizar la selección objetiva y la protección del interés general.
Destaca la obligación de las entidades de régimen especial, incluidas las ESE, de incorporar principios de derecho público en sus manuales de contratación, incluso bajo un régimen de derecho privado.
A primera vista, aunque una ambulancia es en apariencia un vehículo automotor, su verdadera naturaleza es la de un equipo integral de atención en salud, dado que incorpora de manera esencial equipos biomédicos. Estos dispositivos —como camillas, sistemas de oxigenación, desfibriladores y monitores— no son accesorios, sino elementos determinantes que diferencian a la ambulancia de un vehículo común y garantizan la prestación del servicio de urgencias y traslado asistencial.
Explica la naturaleza mixta de las ambulancias, con prevalencia funcional de equipos biomédicos, lo que justifica su clasificación como dotación biomédica.
MateriasEmpresas Sociales del Estado (ESE) · Convocatoria pública · Dotación biomédica · Principios de la función administrativa y gestión fiscal · Régimen especial de contratación · Contratación estatal · Adquisición De Ambulancias De Transporte Asistencial Medicalizado Y Transporte De Asistencia Básica · Competencia Consultiva Colombia Compra Eficiente · Empresas Sociales Del Estado · Entidades Con Régimen Especial · Alcance · Análisis Técnico y Normativo · Definición · Determinación Dotación Biomédica · Estudios y documentos previos · Limitación · Lineamientos en la adopción del Estatuto de Contratación · Régimen jurídico · Reglas aplicables
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-912-1.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-912 de 2025
Número1_2025_07_10_006984
Fecha del documento21 de agosto de 2025
Fecha de publicación26 de agosto de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 89261be80dff….

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