Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concepto sobre registro presupuestal, honorarios y diferencias con salarios en contratación estatal

P20241223012760, P20241230012853 y P20250102000019

EpígrafeConcepto sobre registro presupuestal, honorarios y diferencias con salarios en contratación estatal
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance jurídico del Registro Presupuestal en la contratación estatal y su relación con el clausulado contractual, así como sobre la diferencia entre honorarios y salario. Fija la posición de que el Registro Presupuestal es un requisito de ejecución y no de perfeccionamiento del contrato, por lo que su expedición debe realizarse antes del inicio de la ejecución contractual, sin afectar la validez del acto. Además, precisa que la omisión de este requisito genera responsabilidad personal y pecuniaria para el funcionario, sin invalidar el contrato, y que los honorarios corresponden a la remuneración pactada en contratos civiles de prestación de servicios, diferenciándose del salario por su naturaleza contractual. El documento también orienta sobre el deber de las entidades estatales de pagar los honorarios pactados, sin entrar a resolver controversias particulares.

Problema jurídico

Alcance y nexo causal entre el registro presupuestal y el clausulado contractual; postura sobre expectativa de utilidad en contratación directa por prestación de servicios; diferencia entre salario y honorarios; consecuencias del incumplimiento contractual por no pago de honorarios pactados

Fragmentos citables
el registro presupuestal es un instrumento mediante el cual se busca prevenir erogaciones que superen el monto autorizado en el correspondiente presupuesto, con el objeto de evitar que los recursos destinados a la financiación de un determinado compromiso se desvíen a una finalidad distinta.
Define la finalidad y función del Registro Presupuestal como mecanismo de control presupuestal en la contratación estatal.
el Registro Presupuestal, al ser un requisito de ejecución del contrato, normalmente se expide después de celebrado el contrato, tal como se desprende de lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 80 de 1993. En todo caso, esta Agencia considera que lo importante es que se hubiere expedido antes del inicio de la ejecución contractual, por lo que su expedición previa no afecta la validez del contrato estatal.
Establece la oportunidad para expedir el Registro Presupuestal y su carácter de requisito de ejecución, no de perfeccionamiento.
la sanción por omitir la obligación de contar con el Registro Presupuestal no afecta el acto o contrato mismo, sino que es de tipo personal, esto es, responde el funcionario que omita dicho requisito, y el modo de responsabilidad en la que podría incurrir es de carácter disciplinaria, penal y fiscal, incluso patrimonial –en consideración al alcance personal de la conducta–.
Precisa las consecuencias jurídicas de la omisión del Registro Presupuestal, limitadas a la responsabilidad del funcionario.
la diferencia entre honorarios y salario radica, entre otros, en el tipo de contrato en el cual se establecen como pago por la prestación de un servicio, ya que si la vinculación es mediante contrato de trabajo el pago se denomina salario, y si es mediante un contrato civil como el contrato de prestación de servicios, se denomina honorarios.
Diferencia conceptual entre honorarios y salario según la naturaleza del contrato, clave para la contratación pública.
MateriasCertificado De Disponibilidad Presupuestal · Contratación Directa · Incumplimiento Contractual · Registro Presupuestal · Honorarios · Salario · Contratación estatal · Estatuto Orgánico Del Presupuesto · Pago · Consecuencias · Contratista · Contrato · Deber · Definición · Derecho · Diferencia · Disponibilidad presupuestal · Entidad estatal · Expedición · Omisión · Oportunidad · Recursos · Relación · Requisito de ejecución · Responsabilidad personal · Suscripción de contratos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/02/C-1039.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1039 de 2024
NúmeroP20241223012760, P20241230012853 y P20250102000019
Fecha de publicación11 de febrero de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: beb28ab5ba74….

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