Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concepto sobre validez jurídica de firmas en imagen en procesos de selección contractual
1_2025_06_19_006157 · 19 de junio de 2025Contratación estatalfirma electrónicaprincipio de selección objetivafirma digitalfirma manuscritavalidez de documentos escaneadoscontratación estatalfirmafirma manuscrita, digital y electrónicadigitalefectos jurídicoselectrónicaescaneadafunciones de identificaciónvalidezColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre validez jurídica de firmas en imagen en procesos de selección contractual |
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| Resumen | La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa sobre la validez jurídica de las firmas en formato de imagen en documentos presentados en procesos de selección contractual. Fija la posición de que la incorporación de una firma en imagen es válida cuando proviene de un documento originalmente suscrito de forma manuscrita y posteriormente escaneado para su envío, pues la normativa no exige la presentación del documento en original, salvo que una ley especial lo exija expresamente. Además, precisa que cuando la firma en imagen no proviene de un documento manuscrito, la entidad debe evaluar si cumple con los requisitos de una firma electrónica o digital, conforme a la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012. La entidad fundamenta su postura en el principio de equivalencia funcional entre las firmas manuscrita, electrónica y digital, y en los atributos jurídicos que deben cumplir estas últimas para garantizar la identificación del firmante, la integridad del documento y el no repudio. |
| Problema jurídico | Validez jurídica de la incorporación de firmas en formato de imagen en documentos exigidos como firmados dentro de un proceso de selección contractual |
| Fragmentos citables | En el primer supuesto, es válido el documento con firma manuscrita que se escanea posteriormente, pues aquel está firmado con el puño y letra de la persona que lo suscribe, razón por la cual el hecho de que se escanee para enviarlo no es un motivo para rechazar su eficacia. En efecto, tratándose de los proponentes el pliego solo podrá exigir que los documentos de la oferta estén firmados, no que se presenten en original. La incorporación de una firma en formato de imagen puede ser jurídicamente válida, siempre que provenga de un documento originalmente suscrito de forma manuscrita y posteriormente escaneado para su envío. En estos casos, conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 15, de la Ley 80 de 1993, se presume la autenticidad de la firma y no puede exigirse la presentación del documento original, salvo que una norma lo requiera de manera expresa. La Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente ha construido una línea consolidada, que se confirma en este escrito, en relación con la validez de la firma electrónica y digital en la actividad contractual del Estado. En efecto, en los conceptos C-296 de 2020, C-287 de 2020, C-044 de 2020, C-016 de 2020 y CU-003 de 2020 se ha considerado que en los contratos estatales es plenamente válida la utilización de los medios electrónicos y, dentro de ellos, de la firma electrónica y digital, como análogos de la tradicional firma manuscrita. |
| Materias | Firma Electrónica · Principio De Selección Objetiva · Firma digital · Firma manuscrita · Validez de documentos escaneados · Contratación estatal · Firma · Firma Manuscrita, Digital Y Electrónica · Digital · Efectos jurídicos · Electrónica · Escaneada · Funciones de identificación · Validez |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-820.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2c61eb781aa6….
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