Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Sociedades nuevas: experiencia de socios, accionistas o constituyentes en sociedades con menos de tres años de constitución

1_2025_06_22_006258 · 4 de agosto de 2025

EpígrafeSociedades nuevas: experiencia de socios, accionistas o constituyentes en sociedades con menos de tres años de constitución
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la prerrogativa establecida en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, que permite a las sociedades con menos de tres años de constitución acreditar como experiencia en el Registro Único de Proponentes (RUP) la de sus accionistas, socios o constituyentes. La autoridad fija la posición de que esta medida, orientada a fomentar la participación de pequeños oferentes en la contratación estatal, puede extenderse más allá de los tres años si el RUP se renueva oportunamente, siempre que no cesen sus efectos. Además, precisa que la experiencia transferida solo es válida si los socios mantienen su calidad durante el plazo inicial, y que el registro mercantil, aunque obligatorio para actividades comerciales habituales, no afecta la capacidad jurídica o contractual para participar en procesos de contratación. La respuesta se sustenta en el marco normativo de requisitos habilitantes, el RUP como prueba plena y los principios de interpretación jurídica.

Problema jurídico

¿Pueden las sociedades con menos de tres años de constitución acreditar como experiencia la de sus socios, accionistas o constituyentes? ¿Es requisito que una persona jurídica cuente con el registro mercantil renovado y vigente para acreditar la experiencia conforme a la regla anterior?

Fragmentos citables
Esta prerrogativa, que puede entenderse como una medida de fomento a la participación de pequeños oferentes en la contratación estatal, permite que las sociedades relativamente nuevas –con menos de tres (3) años de constitución– puedan acreditar como experiencia en el RUP la de sus accionistas, socios o constituyentes. Pese a que la experiencia es inherente a la persona que la ha obtenido, razón por la cual es, en principio, intransferible en virtud de su carácter personalísimo, por disposición legal o reglamentaria, en casos excepcionales, como el descrito en el artículo mencionado, se aplica de otra manera.
Establece la regla central del documento: la medida diferenciada para sociedades nuevas y su fundamento legal, destacando la excepcionalidad de la transferencia de experiencia.
Para esta Agencia, si la persona jurídica con menos de tres (3) años de constituida registra la experiencia de sus socios, accionistas o constituyentes en el RUP, y este es renovado, puede continuar utilizando la experiencia inscrita mientras no cesen los efectos del RUP. Por el contrario, si no se renueva y la persona jurídica supera los tres (3) años de constituida, la experiencia que registró de sus socios, accionistas o constituyentes no puede ser inscrita nuevamente, puesto que el RUP ha cesado sus efectos y la cámara de comercio tiene que hacer nuevamente la verificación documental de la información presentada al momento de inscribirse en el registro.
Define el alcance temporal de la prerrogativa y las condiciones para su mantenimiento, clave para entender su aplicación práctica.
De acuerdo con lo expuesto, se evidencia que el registro mercantil es un deber legal de los comerciantes, pero no otorga o afecta la capacidad jurídica o contractual, aunque su ausencia, cuando se desarrollan actividades mercantiles de manera habitual y permanente, ocasiona la imposición de multas por el incumplimiento de un deber legal. En este sentido, un oferente solo deberá estar inscrito en el registro mercantil, en cumplimiento de un deber comercial, cuando realice alguna actividad comercial profesional de manera habitual, y no por el hecho de participar en un proceso de contratación.
Aclara la irrelevancia del registro mercantil para la capacidad contractual en procesos de contratación, evitando confusiones comunes.
Sin perjuicio de lo anterior, no debe perderse de vista que el Decreto 1082 de 2015 y los documentos tipo solo permiten que una sociedad acredite la experiencia de quienes tienen la calidad de accionistas, socios o constituyentes durante los primeros tres (3) años de su constitución. Por lo tanto, siempre y cuando se cuente con dichas calidades, la sociedad podrá acreditar la experiencia de quien es accionista, socio o constituyente –trátese de una persona natural o jurídica–. Por el contrario, si no se tienen o se pierden estas calidades, como sucedería cuando un socio se retira por venta o cesión de su participación y pierde su calidad de socio, ya no sería posible que la sociedad acredite la experiencia aportada por dicha persona.
Establece los límites y condiciones para la transferencia de experiencia, incluyendo la pérdida de validez por cambios en la composición societaria.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Sociedades Nuevas · Experiencia de socios · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal · Experiencia · Accionista · Capacidad jurídica o contractual · Cesación efectos RUP · Conservación · Desarrollo de la empresa · Documentos tipo · Inferior a tres años · Obligatoriedad · Proceso de contratación · Renovación · Renovación RUP
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-830.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-830 de 2025
Número1_2025_06_22_006258
Fecha del documento4 de agosto de 2025
Fecha de publicación5 de agosto de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7dfab66dcbe4….

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