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Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión: requisitos, límites y posibilidad de celebración simultánea con entidades públicas

P20241204012168 · 17 de diciembre de 2024

EpígrafeContratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión: requisitos, límites y posibilidad de celebración simultánea con entidades públicas
Resumen

El documento conceptúa sobre la viabilidad de celebrar múltiples contratos de prestación de servicios con una misma entidad pública, precisando que no existe prohibición legal o constitucional que limite el número de contratos simultáneos que una persona natural pueda suscribir con el Estado. Fija la posición de que tales contratos pueden coexistir en el tiempo, siempre que no se incurra en inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones específicas, y que no exista relación laboral subordinada. Además, señala que las universidades públicas, como entidades de régimen especial, están facultadas para adoptar regulaciones propias en sus manuales de contratación, pero deben respetar los principios de la función administrativa y las inhabilidades e incompatibilidades previstas legalmente. El documento también advierte sobre la posibilidad de pactar cláusulas de exclusividad en los contratos y la necesidad de justificar la contratación directa cuando se trate de servicios profesionales o de apoyo a la gestión.

Problema jurídico

Determinar si una persona natural puede celebrar simultáneamente varios contratos de prestación de servicios con la misma entidad pública, incluyendo el caso de entidades de régimen especial o universidades públicas

Fragmentos citables
Es viable afirmar que no existe prohibición legal o constitucional que limite el número de contratos de prestación de servicios que una persona puede celebrar o ejecutar de manera simultánea. En ese sentido, no existiendo ninguna limitación al respecto, una persona puede celebrar y ejecutar tantos contratos como le sea posible ejecutar y cumplir a cabalidad.
Regla central que define la posición del documento sobre la posibilidad de celebrar múltiples contratos simultáneos.
No existe inhabilidad, incompatibilidad o prohibición alguna de otra naturaleza para que una entidad estatal celebre dos o más contratos de prestación de servicios profesionales con una misma persona, así dichos contratos coexistan en el tiempo. Ello, por cuanto, como ya se señaló, las inhabilidades e incompatibilidades, al ser limitaciones a la capacidad contractual que afectan derechos como la libre concurrencia o la libertad de ejercicio de la profesión u oficio, es decir, al ser enunciados normativos gravosos, deben interpretarse de forma restrictiva.
Fundamento jurídico que justifica la interpretación restrictiva de las inhabilidades e incompatibilidades en materia contractual.
Por su parte en lo relacionado con las universidades públicas, es de precisar que estos son entes autónomos, adscritos al Ministerio de Educación Nacional en lo que se refiere a las políticas y la planificación del sector educativo, sujetas a un régimen de contratación especial. De conformidad con estas normas, los contratos que celebren estas entidades se regirán por las normas del derecho privado y sus efectos estarán sujetos a las normas civiles y comerciales.
Caracterización del régimen contractual de las universidades públicas como entidades de régimen especial.
MateriasContrato De Prestación De Servicios · Régimen especial de contratación · Simultaneidad de contratos · Universidades públicas · Contratación estatal · Contratos De Prestación De Servicios · Contratos De Prestación De Servicios Profesionales Y De Apoyo A La Gestión · Entidades De Régimen Especial · Autonomía contractual · Generalidades · Manual de contratación · Posibilidad de celebrar varios contratos con la misma entidad estatal de forma simultánea · Régimen de contratación · Requisitos y límites para su celebración · Simultáneos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/01/C-963.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-963 de 2024
NúmeroP20241204012168
Fecha del documento17 de diciembre de 2024
Fecha de publicación9 de enero de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 434cc7bbd051….

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